Una oferta adaptada a la demanda real, dice Renfe al Concello de Catoira.

El Concello de Catoira dirigió un escrito a Renfe solicitando “el mantenimiento del servicio ferroviario previo al estado de alarma en las estaciones de Catoira, Padrón y Pontecesures”. Aquel escrito ya ha tenido respuesta. Javier Pérez López, el representante de Renfe en Galicia, explica el regidor catoirense. Alberto García, dice que “con carácter general, la oferta que venimos programando desde el fin del estado de alarma se adapta a la demanda real detectada” de ahí que “la recuperación de la oferta está siendo progresiva y acorde al flujo de viajertos que se va generando durante la nueva normalidad”. De hecho, “en los trenes de servicio público, el número de circulaciones diarias va muy por delante de la recuperación de la demanda”. En el caso concreto de Catoira, dicen los responsables de Renfe al alcalde de esta localidad, “actualmente están en circulación el 71% de los servicios con respecto a la oferta previa al estado de alarma”.

La Voz de Galicia

Plan de transporte público de Galicia.

La Xunta está en pleno proceso de implantación de este plan. En ese contexto, hoy entrán en vigor algunos de los nuevos contratos que regirán el ir y venir de autobuses por las carreteras gallegas. Uno de ellos es el XG-830, firmado por la empresa Abalo, que se encargará de gestionar 87 líneas en la zona de Caldas y zona norte de O Salnés. En total son líneas que discurren por localidades como Valga, Pontecesures, Caldas, Portas, Moraña, Padrón, Cuntis, Barro, Vilanova, Meis, Campo Lameiro y Catoira.

La Voz de Galicia

Un parado menos en Pontecesures con los datos de agosto.

El paro registrado en las oficinas públicas de empleo cerró agosto encadenando su cuarta bajada mensual en los once municipios del sur de la ría de Arousa. Concretamente, con 107 personas menos inscritas en los registros de búsqueda de trabajo, para un total de 7.634. Bajada que se eleva a 120 entre los ocho municipios de O Salnés, lastrada por los números llegados desde Valga, con 13 parados más -por 1 en Catoira y 1 menos en Pontecesures-.

La Voz de Galicia

Seage refuerza la limpieza tras confirmar seis positivos.

Tras confirmar seis casos positivos de contagio por Covid-19, el gobierno tripartito de Pontecesures ha decidido incrementar las medidas de desinfección y limpieza a lo largo y ancho del municipio, no sin antes apelar a la responsabilidad del conjunto de la ciudadanía para cumplir los consejos y restricciones de las autoridades sanitarias.

El alcalde, Juan Manuel Vidal Seage, confirma la existencia de esos seis casos que dieron positivo en las pruebas realizadas y aclara que “todos ellos se encuentran en fase de seguimiento domiciliario por parte de sus respectivos médicos de Atención Primaria”. Al igual que hace hincapié en que ninguno de los afectados está ingresado en el hospital.

El ejecutivo local aprovecha para recordar las medidas de prevención y seguridad de obligado cumplimiento, tales como el uso de la máscara facial en todo momento, “aunque se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, y siendo necesario que cubra desde el tabique nasal hasta el mentón, incluidos”.

Como también resalta que los locales de hostelería y restauración “deberán cerrar antes de la una de la madrugada, sin que esté permitido el acceso de cliente desde medianoche”.

Con estos casos confirmados en Pontecesures puede decirse que siguen extendiéndose los contagios en el territorio del Ullán, donde también se han dado otros tanto en Catoira como en Valga.

Faro de Vigo

La Guardia Civil desarticula una supuesta banda de tráfico de drogas en el Ullán.

Cinco personas han sido detenidas en Pontecesures, Valga, Padrón, Rianxo y Catoira – Les intervinieron cocaína, hachís y dinero que se supone procedía de la venta ilícita

Cinco personas han sido detenidas por un presunto delito de tráfico de drogas en la denominada operación “Perroso” dirigida por la Guardia Civil de Vilagarcía y con colaboración especial de los agentes del puesto de Valga.

Las primeras investigaciones se iniciaron a finales de 2018 bajo la dirección del juzgado de instrucción número 2 de Caldas de Reis y que permitió la realización de varias vigilancias y seguimientos directos a alguno de los actualmente detenidos.

Gracias a este trabajo, los agentes comprobaron que formaban parte “de un grupo perfectamente coordinado dedicado a la adquisición, distribución y venta de drogas en varias localidades del Baixo Ulla, en concreto Valga, Pontecesures, Catoira, Padrón y Rianxo.

El grupo recientemente investigado se encontraba formado por tres varones y una mujer con las iniciales J.D.P, varón de 29 años; R.G.C, varón de 36 años de edad; A.B.O. varón de 22 años de edad y la novia de este último E.M.R.D, de 25 años, con el que colaboraba de forma esporádica una quinta persona que no formaba, en principio, parte de la presunta organización criminal.

Anteriormente, en el mes de de febrero de 2019 se procedió en un conocido local de copas de la localidad de Pontecesures, a la detención de otro miembro de este grupo, un vecino de Padrón de 29 años de edad que fue sorprendido in fraganti en el interior del establecimiento comeiendo, supuestamente, un delito de tráfico de drogas, en el cual se le aprehendieron un total de 14 dosis de cocaína, cinco gramos de hachís y 375 euros en efectivo.

Las detenciones del resto de miembros del grupo se han llevado a cabo durante los meses de julio y agosto del presente mes, una vez que la Guardia Civil entendió que había quedado demostrada la relación, función, roles y actividad que cada uno de ellos llevaba a cabo dentro de la organización.

La operación para erradicar la venta de drogas en el Baixo Ulla se cerró con la detención de una quinta persona como supuesto autor de un delito de tráfico de drogas, un vecino de Rianxo de 24 años de edad y que responde a las siglas de A.D.A., el cual a pesar de que no formaba parte de la organización, suministraba de forma esporádica droga a alguno de los miembros de la misma.

Los detenidos han sido puestos en libertad con la obligación de comparecer cuando sean requeridos, ante el juzgado de instrucción número 2 de Caldas de Reis, encargado de instruir la causa.

Faro de Vigo

La Justicia obliga al Concello de Valga a readmitir y pagar a ocho despedidos del GES.

El PSOE, dirigido por María Ferreirós, denunció hace más de un año que la “campaña de acoso y derribo” ejercida por la Alcaldía contra los trabajadores del Grupo de Emergencias Supramunicipal (GES) podría salir muy cara a las arcas municipales. Y no le faltaba razón. El Juzgado de lo Social de Pontevedra acaba de dictar sentencia -cabe recurso- y obliga a la Administración local a readmitir a ocho de los empleados que despidió a fecha de 31 de diciembre de 2019, además de verse obligada a pagarles los salarios que dejaron de percibir desde entonces.

Este fallo judicial, que recuerda mucho al dictado hace años en favor de los trabajadores del Grupo Municipal de Intervención Rápida (Grumir) de O Grove, que condenaba también a la Administración meca y obligaba a incorporarlos en la plantilla, declara nulo el despido de los valgueses.

María Ferreirós, que da la enhorabuena a los miembros del GES que ahora deben ser readmitidos -salvo nueva sentencia que lo impida- ya había solicitado un pleno extraordinario -celebrado en abril de 2019- para pedir explicaciones al alcalde conservador José María Bello Maneiro “por las malas relaciones que mantenía con los trabajadores del GES”.


“Falta de diálogo”

Ya entonces advirtió de que había que buscar el diálogo y una solución consensuada “para no perjudicar a los trabajadores ni a los vecinos”, que en aquel momento ya estaban perdiendo un “servicio básico” ahora prestado desde el municipio vecino de Padrón.

Pero el regidor siguió adelante, “sin importarle los vecinos ni los trabajadores”, y el alcalde “mantuvo su habitual tono descortés e incluso llegó a descalificar públicamente a la plantilla del GES, orquestando la vergonzosa campaña de acoso y derribo contra ellos”, lamenta Ferreirós.

Añade que “el Concello -que ayer declinó pronunciarse- no quiso dialogar para solucionar el problema sin recurrir a la Justicia”.adInnovador y discreto. Encuentra en GAES la solución que mejor se adapte a ti.Buscamos personas para probar gratis un audífono

El resultado “son más gastos para las arcas municipales, aunque insisto en que nos alegramos por la resolución y reclamamos que vuelvan a trabajar cuanto antes, con la profesionalidad que siempre tuvieron”, espeta la líder socialista.

También va a preguntar el asesor jurídico municipal por la situación en que queda el Concello y los pasos que dio en este asunto.
Miembros del GES en una de las protestas. // Iñaki Abella


En la sentencia se aclara que con fecha de 13 de mayo de 2013 se firmó el convenio de colaboración entre la Xunta, Federación Galega de Municipios e Provincias y Diputaciones Provinciales en materia de emergencias y prevención y defensa contra los incendios forestales. Esto daba pie a la creación de los Grupos de Emergencias Supramunicipales (GES), firmándose en años sucesivos las correspondientes renovaciones.
 

Hechos probados

Entre los hechos probados que maneja la Justicia se hace constar que en el pleno ordinario de 29 de enero de 2016 se aprobó el convenio correspondiente al GES de Valga, con ámbito de actuación tanto en este municipio como en los de Pontecesures, Catoira, Caldas de Reis y Portas, disponiendo la cobertura de plazas mediante la modalidad de concurso oposición.
 
Fue así como entraron a formar parte de la plantilla los trabajadores el GES que presentaron la demanda tras ser despedidos, después de prestar servicios para el Concello de Valga mediante contratos para obra o servicio.
 
Su categoría profesional era la de peón forestal, con un salario prorrata de 1.163,56 euros y funciones como intervención en incendios forestales y urbanos en el ámbito territorial de su demarcación, empleando los vehículos de extinción disponibles de acuerdo con su operatividad.
 
También la intervención en situación de riesgo o emergencia para mantener la red de carreteras y sin ser responsables de su mantenimiento mediante su limpieza y retirada de objetos, especialmente en casos de accidente, utilizando para ello los materiales y medios necesarios.
Un Operativo participado por el GES. // Noé Parga


La sentencia reconoce entre las labores encomendadas a estos trabajadores la intervención en situaciones de riesgo naturales, como nevadas, inundaciones, heladas, lluvias intensas, seísmos, derrumbamientos, corrimientos de tierra, situaciones de sequía y similares.
 
Sin olvidar la colaboración e intervención en situaciones derivadas de riesgos inducidos por el hombre ni la colaboración con las autoridades competentes en materia de protección civil en casos de aglomeraciones de personas en lugares y momentos determinados.

Diferentes planes de emergencias

A esto se suma la colaboración y apoyo en cualquier situación que implique riesgos para personas, bienes y medio ambiente era otro de sus cometidos, así como la necesaria en las funciones correspondientes de los grupos de acción establecidos en los Planes de Emergencia Municipal (PEMUs), Planes de Actuación Municipal (PAM) y en los diferentes planes de protección civil de la comunidad autónoma previstos en la normativa legal vigente.
 
Del mismo modo, se encargaban de la intervención en incendios forestales en su ámbito de actuación bajo el mando único descrito en el Pladiga, dando prioridad a los trabajos de extinción de incendios forestales frente a las labores de prevención.
Intervención en un accidente ocurrido en la localidad. // Noé Parga


Igualmente, tenían encomendada la realización de actividades y el establecimiento de medidas preventivas que disminuyan o minimicen las situaciones de riesgos indicados en los apartados anteriores, junto a las demás materias de protección civil, emergencias y medio ambiente, servicios sociales, sanidad, culturales, educativas y deportivas.
 
La sentencia reconoce, asimismo, que los miembros del GES eran requeridos para colaborar en la defensa de incendios forestales declarados en otros ámbitos territoriales, dentro de la comunidad autónoma, sin perjuicio de la correspondiente indemnización por los gastos ocasionados.
 
No faltaba su participación en materia de prevención de incendios forestales o labores encaminadas a disminuir el riesgo de propagación y a minorar los daños, consistiendo esta misión en la gestión de la biomasa mediante la roza.


Inspección de Trabajo

El fallo judicial determina que como consecuencia de las denuncias presentadas por varios trabajadores, la Inspección de Trabajo emitió diversos informes. Y también que algunos trabajadores presentaron demanda y que uno de ellos permanece en situación de incapacidad temporal desde el 17 de octubre de 2018 por trastorno de ansiedad generalizado.

Alude, igualmente, a otros que fueron sancionados por la Administración local y a la celebración de repetidas reuniones entre el GES y el gobierno valgués tratar los temas de cuadrantes horarios y guardias del colectivo.
 
Así se llegó a diciembre de 2019, cuando el Concello comunicó a la Xunta su renuncia a seguir siendo la sede del GES, renunciando el de Caldas a asumirlas de forma temporal y acordando la comisión de seguimiento de los GES constituir uno en Moraña para dar cobertura a la comarca del Ulla-Umia.

Limpieza de una carretera tras un accidente. // FdV

Fue el 11 de diciembre de 2019 cuando se notificó a los trabajadores despedidos que demandaron judicialmente al Concello lo siguiente: “En relación con el contrato con fecha 1 de enero de 2019 y ante el vencimiento del mismo y dentro del plazo legalmente establecido, esta empresa le comunica que ante la imposibilidad de renovar el vínculo laboral causará baja en la misma el próximo 31 de diciembre de 2019 como consecuencia de la finalización del contrato”.

Reclamación presentada en enero

Frente a esta decisión los demandantes formularon reclamación previa en fecha 27 de enero de 2020 pidiendo que se declarara la nulidad y, subsidiariamente, la improcedencia de la extinción de su relación laboral, que se identifica con la comunicación recibida el 11 de diciembre de 2019, manteniendo el Concello que no estamos ante un despido, sino ante una finalización del contrato de trabajo y que, en todo caso, no hay represalia de ningún tipo.
 
El Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra señala que la concatenación de contratos, algunos de ellos desde el año 2013, es un dato relevante que apunta a la necesidad de su contratación de forma continuada, realizando las tareas relacionadas con emergencias de todo tipo expuestas en demanda y admitidas por el Concello por ser las que se contienen en los planes correspondientes.
 
Igualmente, la identificación de la obra es del todo genérica, al remitirse a los convenios firmados que en absoluto puede servir para justificar una temporalidad inexistente, debiendo de destacar que también está presente la nota de la subvención, describiendo la firmada en diciembre de 2018 una financiación mayoritaria a cargo de la Xunta y las Diputaciones.


Existencia de subvenciones

Se añade en la sentencia que para la validez del contrato temporal causal ha de tenerse en cuenta, junto con el dato de la existencia de la subvención, la concurrencia de los demás requisitos exigidos por el tipo legal, fundamentalmente, que la singularidad de la obra o servicio quedara suficientemente determinada y concreta, siendo doctrina reiterada la que mantiene que en ningún caso la existencia de una subvención se ha elevado a la categoría de elemento decisivo y concluyente de la validez del contrato temporal causal.
 
En este caso, el Concello de Valga puso de manifiesto sus alegaciones que “por causas técnicas y organizativas no se pudo renovar”, circunstancia que no se contiene en la comunicación, esperando a las conclusiones para referir que el servicio es deficitario y estaría peligrando, apreciación que para ser coherente exigiría una actuación extintiva como la expresada.
 
Esgrime el magistrado que, precisamente para tratar de penalizar la contratación temporal sucesiva, y además con independencia de la presencia de ánimo defraudatorio y atendiendo simplemente al dato objetivo del número de contratos, la legislación determina que adquirirán la condición de trabajadores fijos los que “en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a 24, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada”.
 
El Juzgado de lo Social explica que tal precepto es de aplicación en este caso, con la particularidad que se contiene en la Disposición Adicional 15 del citado texto, en la que se dice que lo dispuesto en el artículo 15.5 es aplicable a las Administraciones públicas y sus organismos autónomos sin perjuicio de la aplicación de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público.

Faro de Vigo