CONCURSO DE RELATOS CURTOS «CONTOS DENDE O CONFINAMENTO»

CONCELLO DE PONTECESURES

A CONCELLERÍA DE CULTURA do CONCELLO DE PONTECESURES, convoca o Concurso de Relatos Curtos, “CONTOS DENDE O CONFINAMENTO”.

Concurso de relatos curtos para os Cesureños confinados.

BASES:

Primeira. – Participantes

Poderán participar todos os veciños e veciñas do pobo, con independencia da súa idade.

Os relatos serán presentados por unidade familiar .

Segunda. -Modalidade do concurso

Os traballos serán presentados por unidade familiar, para así fomentar a creatividade e o traballo en equipo.

Cada familia ou unidade familiar poderá presentar un máximo de 2 relatos.

Os traballos deberán presentar o formato de relato curto; cunha extension máxima de 5 páxinas tamaño DIN A4, formato de letra Arial de 10 puntos con interlineado de 1,5.

Poderán optar aos premios obras orixinales, non presentadas a outros concursos e deberán

estar escritos en galego ou español.

A temática dos traballos será libre. Non obstante, valorarase a inclusión de aspectos relacionados coa cuarentena e a visión desta situación dende o confinamento.

Terceira. – Presentación dos traballos, forma e prazo.

Os traballos  deberán ser enviados ao mail da Concelleria de Cultura: cultura.comercio@pontecesures.org

Os traballos presentados por mail, deberán incluir os datos do concursante ou representante da familia ou unidade familiar, asimesmo débese incluir:

Nome completo do representante da unidade familiar, idade e teléfono de contacto.

O prazo de presentación das obras finalizará o 30 de abril de 2020 as 14:00 horas, quedando fóra de concurso as obras recibidas fóra de dita data.

Cuarta. -Xurado do concurso.

O xurado do concurso estará composto por non menos de 3 persoeiros relacionados co mundo das letras.

As súas decisións serán inapelables, quedando sometida á súa decisión calquera circunstancia non prevista nas presentes bases.

Estarán asistidos por un secretario nomeado polo Alcalde de Pontecesures e que levantará acta da decisión do xurado.

Todos os membros do xurado terán voz e voto.

Os sobres cos datos dos finalistas abriranse unha vez adxudicados os gañadores.

Quinta. -Premios

Os premios consistirán en:

 – Primeiro premio: Lote de libros e xantar nun restaurante de Pontecesurese para os membros     da unidade familiar

– Segundo premio: Vale compra 50 Euros nos comercios de Pontecesures.

– Terceiro premio: Lote de libros e diploma.

Realizaráse un acto onde se fará entrega dos premios, así como dun diploma para os finalistas. Comunicarase a data do acto con suficiente antelación.

É requisito indispensable recoller persoalmente o premio.

Sexta. -Normas xerais

Na páxina web do concello de Pontecesures, publicaránse os traballos premiados así como os os finalistas.

Os autores e autoras, mediante a aceptación destas bases e  participación no concurso, dan o seu  consentimiento para a publicación das súas obras.

Acusan al exalcalde cesureño de agresión sexual continuada

Podría enfrentarse a una condena de 12 años o más si se agrava // El Juzgado de Padrón acordó transformar mediante auto las diligencias a la vista de los indicios // La posible víctima es sobrina de Álvarez Angueira y edila en Rianxo

El exalcalde. Manuel Luis Álvarez Angueira, derecha, camino de los juzgados.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Padrón acaba de emitir un auto en el que vuelve a sacar a la palestra el caso del exregidor de Pontecesures, Manuel Luis Álvarez Angueira, esta vez como presunto autor de un delito continuado de agresión sexual contra su sobrina política, y actual concejala de Benestar Social en Rianxo, Hadriana Ordóñez. Y, en esta ocasión, se enfrenta a una pena de hasta doce años de cárcel que podría incluso aumentar si se diera por buena la concurrencia de circunstancia enumeradas en el artículo 180 del Código Penal (como puede ser la intimidación vejatoria). Contra el auto cabe recurso.

Según aporta la jueza en su pronunciamiento, «a la vista del conjunto de las diligencias practicadas durante la presente instrucción de los hechos -en los términos puestos de manifiesto por el Ministerio Fiscal- los hechos, sin perjuicio de lo que pueda acreditarse en sede del plenario, revisten de forma indiciaria los caracteres», del presunto ilícito continuado, ordenando proseguir con las actuaciones por los trámites del procedimiento sumario, para el cual existen unas previsiones procesales distintas a las que rigen la tramitación de las diligencias previas del abreviado «y sin que se estime necesario» retrotraerlo, atribuyendo su conocimiento a la Sala Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago.

Hay que recordar que a finales del pasado año dicha sección sexta, formada por los magistrados Leonor Castro Calvo, Jorge Gómez Rey y Jorge Cid Carballo, ordenaba que la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Padrón investigase dicho delito, una decisión que llegaba entonces año y medio más tarde de que EL CORREO desvelará el escabroso caso, y después de que se ordensase, desde instancias judiciales padronesas, el sobreseimiento de la denuncia por, aseguraban entonces, haber prescrito el delito de acoso sexual. Esta decisión fue recurrida por la propia Hadriana Ordóñez.

Según los magistrados, «nos encontramos ante un relato de hechos de abusos o agresiones a una menor desde que tenía 11 años hasta los 16 por parte de una persona muy cercana como era su tío y que, según la declaración de la víctima, le amenazaba con hacerle daño si se negaba a mantener relaciones sexuales con él, añadiendo que «se denuncian una serie de hechos que habrían tenido lugar entre el año 1996 y el 2001 cuando la querellante era menor de edad». Y, de igual forma, consideraban que la decisión de archivo por prescripción del delito «es prematura porque las diligencias practicadas hasta el momento nos impiden aseverar que los hechos denunciados sólo podrían ser constitutivos de un delito de abusos sexuales, motivo por el cual debe revocarse la decisión de archivo».

A su vez, la defensa del exalcalde de Pontecesures y el fiscal señalaban que los hechos, de existir, serían constitutivos de un delito de abusos sexuales, ya prescrito, por tanto, como decidió la jueza de Padrón, pero la Audiencia Provincial consideraba que debía de investigarse si existió una situación de prevalimiento o de intimidación que convertiría, como sostiene Hadriana Ordóñez, el acoso en agresión sexual y seguiría vigente el delito.

Las diligencias se transforman en sumario y se seguirán con el número 189/17.

LA CLAVE NIEGAN QUE LOS HECHOS DENUNCIADOS SEAN CIERTOS

El exmandatario local de Pontecesures por el Bloque Nacionalista Galego, Manuel Luis Álvarez Angueira, negaba las acusaciones tanto en declaraciones a este periódico como ante la jueza de Padrón en su día. Angueira rechazó todos los cargos que le imputaba su exsobrina política: «O que está claro é que o que se di non é certo. Os feitos dos que se fala nesa denuncia non son certos en absoluto», aportaba.

Hay que incidir en que, una vez citado como imputado a mediados de 2017, Álvarez Angueira tomó la decisión de pedir la baja de militancia en el Bloque, partido del que, por el contrario, todavía forma parte en la actualidad Hadriana Ordóñez, que ha vuelto a ser elegida en este mandato en calidad de concejala de Benestar Social, Diversidade e Igualdade del grupo de gobierno nacionalista rianxeiro. La presunta víctima aseguró también en su día que compañeros del partido se habían solidarizado con ella, sin embargo desde la cúpula se dieron muestras de una cierta frialdad al respecto del proceso.

El Correo Gallego

Un tren arrolla y mata en Catoira a un hombre que salió a cortar leña.

La Guardia Civil investiga por qué el hombre, de 66 años, no logró cruzar a tiempo la vía por un paso a nivel sin barreras.

Ocurrió poco después de la una y media de la tarde, según los datos del ADIF. El tren de media distancia que había salido de Guixar (Vigo) a las doce y media se detenía a medio camino entre Catoira y Pontecesures tras haber arrollado a un hombre que cruzó la vía en uno de los pasos a nivel sin barreras que existen en el recorrido. Aunque se puso en marcha un amplio dispositivo de emergencias, no sirvió de nada. José López Castiñeiras, un vecino de Valga de 66 años, había muerto como consecuencia de las heridas causadas por el brutal golpe del tren.

A nadie extrañaba la presencia de José en esa zona apartada de Catoira. El hombre poseía allí algunas tierras heredadas de su familia. Hasta ellas se acercó ayer por la mañana dispuesto a cortar leña. De hecho, en las inmediaciones del lugar del suceso estaban su coche y su remolque, en cuyo interior había apilados ya varios troncos.

No se sabe qué es lo que pudo pasar para que la jornada de trabajo en el monte tuviese tan negro desenlace. Según relatan algunos agentes que participaron en el rescate, el hombre estaba cruzando la vía en una zona en la que esta hace una ligera curva con una motosierra y un tronco en la mano. Según el relato del maquinista, el hombre no logró apartarse a tiempo del camino de la locomotora. No se descarta que hubiese tropezado, perdiendo margen de movimiento, o que el tronco se le hubiese enredado en algo. La Guardia Civil, explicaban ayer desde el servicio de prensa del instituto armado, mantiene abiertas todas las hipótesis sobre lo que pudo haber ocurrido. La investigación no ha hecho más que empezar.

Repercusiones sobre el tráfico

En el tren viajaban 108 personas, según informó Renfe. Aunque inicialmente estaba previsto que esos viajeros pudiesen acabar su viaje en autobús, finalmente no fue así, y tuvieron que aguardar hasta las 15.32 horas para poder seguir camino. Eso no significa que la vía haya quedado abierta a esa hora, matizan desde Renfe, desde donde explican que a lo largo de la tarde varios trenes tuvieron que ser desviados, bien por el corredor atlántico, bien enviando a sus viajeros hasta su destino en autobuses y por carretera.

La Voz de Galicia

Contradicciones entre dos hermanas sobre la agresión sexual a la edil de Rianxo .

Niega ante la juez todos los hechos la mujer del acusado, el exalcalde de Pontecesures // Aporta nuevos detalles la madre para apoyar la versión de la joven denunciante.

Dura jornada en los juzgados de Padrón con las primeras declaraciones tras la decisión de la Audiencia Provincial de ordenar a la titular de Instrucción número 2 de que investigara la posible existencia de un delito de agresión sexual presuntamente cometido por Manuel Luis Álvarez Angueira, exalcalde del Bloque en Pontecesures, contra su sobrina política, la concejala de Igualdad en el Concello de Rianxo, Hadrina Ordóñez Otero.

Comparecían ayer por separado dos hermanas, Margarita y María José Otero, que, cuentan sus vecinos y familiares, eran inseparables y compartían vivienda la mayor parte de los días hasta que Hadriana Ordóñez denunció los hechos que sufrió cuando era todavía menor de edad.

Margarita es tía de la joven y mujer del acusado. María José es la madre de Hadriana y, por tanto, cuñada del presunto agresor. Ahora no se hablan a pesar del parentesco y de residir a escasos metros; una situación de tensión que se trasladó al Juzgado de Padrón aunque cada parte acudía y se fueron por separado.

Fue Margarita la primera que compareció ante la jueza y su declaración fue completamente exculpatoria para su marido, Manuel Luis Álvarez Angueira.

Negó todas y cada una de las acusaciones formuladas por su sobrina sobre los abusos y las agresiones sexuales. Defendió a su marido en todo momento e, incluso, negó de forma tajante, según fuentes presentes en la declaración, que hubiera hablado con su hermana de este asunto cuando Hadriana lo denunció en el ámbito familiar.

Y rechazó también que su marido, en una reunión de los protagonistas con ambas hermanas y otros familiares, reconociera los hechos como figura en la denuncia presentada en su día.

¿Y qué dijo María José? La madre de Hadrina, con idéntica firmeza, ratificó la versión de su hija. Aportó numerosos detalles de lo sucedido tras revelarle lo ocurrido años antes con las presuntas agresiones sexuales.

Confirmó ante la magistrada que toda la familia mantuvo una reunión cuando la joven desveló lo ocurrido y que en ese momento Manuel Luis Álvarez Angueira reconoció los hechos y pidió públicamente perdón por su forma de proceder.

La madre, de acuerdo con las fuentes citadas, fue muy contundente con su relato que entraba en abierta contradicción con el de su hermana Margarita. Reconoció, no obstante, que no sospechaba nada sobre una posible relación entre su cuñado y su hija cuando ella era menor de edad (los hechos se produjeron cuando Hadriana tenía entre 11 y 16 años) aunque sostuvo que, tras contárselo, recordó ver situaciones sospechosas en la forma de comportarse el ahora acusado.

María José Otero fue contundente a la hora de afirmar que creyó con firmeza lo que decía su hija y le dio toda la credibilidad posible argumentando que una denuncia de ese tipo no podía ser fruto de la imaginación. Y contó, además, el calvario que vivió la joven tras hacer público, en un entorno rural, lo ocurrido. La madre no dudó a la hora de insistir en la veracidad del relato de su hija.

También declaró ayer Alejandro Ordóñez Otero, hermano de la denunciante, que ratificó todo lo dicho por Hadriana en su denuncia y lo declarado por su madre ante la juez y sostuvo, asimismo, que se produjo la reunión familiar en la que Álvarez Angueira reconoció los hechos y pidió perdón a su madre.

La defensa de la demandante, a la vista de las contradicciones entre lo declarado por las hermanas, pidió que sean llamados a declarar otros testigos que conocían los hechos denunciados.

Apoyo total del bloque a Hadriana

El Bloque, partido en el que militaban ambos protagonistas, mostró «un apoio total e explícito» a Hadrina cuando se conocieron los hechos. «A propia executiva nacional», según dijo ayer una portavoz, «fixo chegar todo o seu respaldo a Hadriana a través de Goretti Sanmartín, responsable de Acción Municipal, despois de que a Asamblea Local do BNG en Rianxo fixera público un comunicado mostrando a súa solidaridade á compañeira». La posición sigue siendo la misma tras conocerse que la Audiencia Provincial ordenaba reabrir la investigación. «O apoio segue sendo o mesmo como non podía ser de outra maneira», añadió la fuente del Bloque antes de recordar «que o acusado xa non forma parte do BNG e a súa marcha non foi casual».

El Correo Gallego, 13/12/18

Ordena la Audiencia investigar si hubo agresión sexual de un exalcalde a una edil de Rianxo.

Hadriana Ordóñez denunció a su tío político por abusos cuando era menor, pero una juez de Padrón archivó la causa // Hoy declaran los testigos que propuso la actual concejala.

«Las diligencias practicadas no permiten descartar que los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de un delito de agresión sexual» y por tanto «se acuerda dejar sin efecto la decisión de sobreseimiento y archivo de la causa y acordando la continuación de las diligencias previas con la práctica de las diligencias propuestas por la querellante».

De esta forma se pronuncio la sala de la s­ección sexta de la Audiencia Provincial, formada por los magistrados Leonor Castro Calvo, Jorge Gómez Rey y Jorge Cid Carballo ordenando que la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Padrón investigue un posible delito de agresión sexual presuntamente cometido por el exalcalde de Pontecesures, Manuel Luis Álvarez Angueira, en la persona de la actual concejal de Igualdade de Rianxo, Hadriana Ordóñez Otero.

Esta decisión se toma prácticamente año y medio después de que EL CORREO desvelará tan espinoso asunto y transcurridos diez meses desde que la jueza de Padrón el sobreseimiento de la denuncia por, en su opinión, haber prescrito el delito de acoso sexual. Decisión que recurrió Hadriana Ordóñez.

Ahora la sala de la Audiencia Provincial «considera prematura la valoración que se ha efectuado en las resoluciones recurridas sobre la inexistencia de intimidación, especialmente, si tiene en cuenta que doña Hadriana ha manifestado que su tío la amenazaba con causarle un daño a su madre o a su tía en caso de que ella no accediese a sus pretensiones».

«En base a ello y ante la escasa actividad instructora llevada a cabo», añade el ponente Jorge Cid Carballo (el juez del caso Asunta), «consideramos que la decisión de archivo por prescripción del delito es prematura porque las diligencias practicadas hasta el momento nos impiden aseverar que los hechos denunciados sólo podrían ser constitutivos de un delito de abusos sexuales, motivo por el cual debe revocarse la decisión de archivo».

Sostienen los magistrados que «nos encontramos ante un relato de hechos de abusos o agresiones a una menor desde que tenía 11 años hasta los 16 por parte de una persona muy cercana como era su tío y que, según la declaración de la víctima, le amenazaba con hacerle daño si se negaba a mantener relaciones sexuales con él».

Añaden también en el auto que se debe admitir el recurso ya que «se denuncian una serie de hechos que habrían tenido lugar entre el año 1996 y el 2001 cuando la querellante era menor de edad».

Mientras la defensa del exalcalde de Pontecesures y el fiscal señalaban que los hechos, de existir, serían constitutivos de un delito de abusos sexuales, ya prescrito, por tanto, como decidió la jueza de Padrón; la Audiencia Provincial considera que debe investigarse si existió una situación de prevalimiento o de intimidación que convertiría, como sostiene Hadriana Ordóñez, el acoso en agresión sexual y seguiría vigente el delito.

DECLARACIONES. A partir de las 10.00 de la mañana de hoy la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Padrón tomará declaración a la mujer de Manuel Luis Álvarez Angueira (y tía de Hadriana), a la madre de la joven que fue quien la animó a presentar la correspondiente denuncia, y su hermano. La expareja de la concelleira de Igualdade del Concello de Rianxo está citado para el próximo miércoles día 26.
ACUSADO

Angueira negó los hechos

El que fuera alcalde de Pontecesures, destacado militante del Bloque, Manuel Luis Álvarez Angueira, negó las acusaciones tanto en declaraciones a este periódico como ante la jueza de Padrón. Angueira rechazó todos los cargos que le imputaba su exsobrina política: «O que está claro é que o que se di non é certo. Os feitos dos que se fala nesa denuncia non son certos en absoluto», aseguró a EL CORREO.

Una vez que fue citado como imputado, a mediados de 2017, Álvarez Angueira, tomó la decisión de pedir la baja de militancia en el Bloque, partido del que forma parte Hadriana Ordóñez, que lleva toda la legislatura como concejala de Igualdade en el Concello de Rianxo. La joven aseguró en su día que compañeros del partido se habían solidarizado con ella aunque desde la cúpula se mostró cierta frialdad.

El Correo Gallego

La juez sobresee la causa en la que se investigaba a Angueira por posibles agresiones sexuales.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Padrón ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa en la que se investigaba al exalcalde de Pontecesures, Luis Álvarez Angueira, acusado por su sobrina política, la concejala de Igualdade del Concello de Rianxo, Hadriana Ordóñez Otero (BNG), de haber abusado sexualmente de ella cuando era menor de edad. La causa se archivó el pasado julio, un mes después de que la nacionalista pusiese la denuncia, pero ambos volvieron a ser citados en el juzgado para prestar declaración y comprobar si la totalidad los hechos denunciados estaban prescritos.

En un primer momento, los hechos descritos por la denunciante correspondían a un delito de abusos sexuales continuados, cuya pena oscila entre los cinco y los diez años de prisión. Para delitos con esta pena, el auto recuerda que la prescripción se produce a los diez años. En el caso de que la presunta víctima sea menor de edad, como era Hadriana Ordóñez, se comienza a contar desde que la víctima cumplió la mayoría de edad. Ordóñez, continúa el auto, cumplió los dieciocho años en el 2003

Las citaciones posteriores a este archivo se produjeron para «esclarecer si alguno de los hechos relatados en la querella no estaban prescitos al poder ser encuadrados en un precepto penal distinto y castigados con pena de prisión superior a los diez años». Pero, tras las declaraciones de ambos, la juez no considera demostrados los nuevos hechos relatados por la denunciante.

Motivos del sobreseimiento.

«Surgen numerosas dudas de que los hechos hubiesen ocurrido puesto que existen múltiples contradicciones entre el relato de hechos efectuado por la perjudicada y la documentación aportada por el investigado», recoge el auto. Detalla también alguna de estas contradicciones. «Doña Hadriana manifiesta en su declaración que la primera penetración se produjo en la vivienda que su tío tenía en Taragoña el verano que ella tenía doce años. La querellante nació en octubre de 1985 y en el 1998 no existía tal vivienda», puede leerse. El abogado de Angueira, Ramón Sabín, presentó junto al escrito de defensa un documento en el que indica que a fecha de 8 de septiembre de 1998 el porcentaje de ejecución de la obra era de un cero por ciento. «La querellada manifiesta que los hechos ocurrieron en el baño de la casa, que no existía a 22 de diciembre de 1999», prosigue el auto. Angueira añade que los hechos «no son ciertos y es imposible que ocurriesen». Contra este sobreseimiento provisional cabe recurso.

La casa en la que habrían sucedido los hechos no estaba construida en la fecha mencionada.

La Voz de Galicia