Absuelven a los trabajadores de la basura de Padrón.

Publicado por Luis Angel Sabariz Rolán en

La jueza no considera probado que cometieran una falta de coacciones

La magistrada-juez del Juzgado número dos de Padrón, María Salomé Martínez Bouzas, ha absuelto a nueve trabajadores del servicio de recogida y transporte de basura del Concello que fueron denunciados por el anterior gobierno local por los hechos ocurridos el 15 de octubre de 2010, en plena huelga. Los empleados, tres de los que ya no pertenecen al servicio, se personaron ese día en la plaza de Macías cuando operarios del Concello procedían a retirar, por orden del alcalde, la basura depositada en el suelo en el callejón de Castro.
La jueza da por probado que se produjo un «enfrentamiento» entre los huelguistas denunciados y los denunciantes, Camilo Forján y Eloy Rodríguez que entonces ostentaban los cargos de alcalde y teniente de alcalde, respectivamente. No obstante, considera que para haber una falta de coacciones, como la que le imputaban los denunciantes, sería necesario que se «haya impedido con violencia hacer lo que la ley no prohíbe».
Los exgobernantes acusaban a los trabajadores de impedir que el Concello retirara la basura mientras que la defensa de los huelguistas, ejercida por UGT, aseguró que lo único que pretendían es informar a los políticos de que estaban vulnerando su derecho a la huelga.
A la jueza le parece, «como poco, llamativo», que ni denunciantes ni denunciados aportaran la grabación de los numerosos medios de comunicación presentes ese día o el testimonio de algún testigo no vinculado directamente con las partes para «esclarecer los hechos». Para la magistrada, pese a las «numerosas contradicciones» en las que incurrieron los trabajadores denunciados, «no resulta acreditado que estos se colocaran delante del tractor para impedir su marcha», en alusión a evitar que el Concello se llevara la basura.
La titular del Juzgado número dos de Padrón sí condena al padre de uno de los trabajadores por una falta de maltrato, a una pena de quince días de multa con una cuota diaria de seis euros. Para la jueza, es un hecho probado que esta persona se encaró con el exteniente de alcalde, «agarrándolo con ambas manos por el pecho y forcejeando». La sentencia fue hecha pública ayer por el sindicato UGT, que aseguró que la absolución evidencia que lo único que pretendía el gobierno era «humillar e arrodillar» a los trabajadores.

LA VOZ DE GALICIA, 20/07/11

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