Jaime Maiz, que mató a la valguesa Mari Luz Posse, vuelve hoy al Juzgado y solicita al TSXG su puesta en libertad.
La sala de lo Civil y lo Penal del tribunal con sede en A Coruña examina el recurso de apelación presentado por el ex guardia civil que en 2007 mató a María Luz Posse
Jaime Maiz Sanmartín, el ex guardia civil que en diciembre de 2007 mató a su ex novia, María Luz Posse, vuelve a sentarse en el banquillo. La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), con sede en A Coruña, celebra a las 11 horas de hoy una vista para examinar el recurso de apelación presentado por Maiz.
El ex guardia civil fue condenado en junio pasado a 19 años de prisión por el asesinato de María Luz Posse. Los hechos ocurrieron a mediados de diciembre de 2007, cuando la mujer acudió al cuartel de la Guardia Civil de Cambados (donde trabajaba Maiz) para denunciar a su ex novio por acoso.
En ese momento, el agente subió a su apartamento, cogió la pistola y bajó de nuevo al vestíbulo, matando a Posse de un disparo en la cabeza. El tribunal popular de la Audiencia Provincial de Pontevedra consideró probados los hechos, y condenó a Jaime Maiz a 19 años de cárcel por un delito de asesinato.
Jaime Maiz Sanmartín, un ferrolano de 37 años de edad, cumple ahora condena en la prisión de Monterroso (Lugo), y presenta un recurso de apelación contra el dictamen del tribunal del jurado de la Audiencia Provincial. Su abogado defensor solicita la libre absolución del ex guardia. Según su tesis, no se puede hablar de asesinato, ya que (según la argumentación del recurso) no cometió el crimen con alevosía ni lo planificó con antelación.
Además, esgrime que la noche del suceso el agente se encontraba bajo los efectos del alcohol (había salido a celebrar una cena de Navidad con sus compañeros de cuartel), y recuerda que apenas unos meses antes había estado de baja médica por depresión, de la que podría no encontrarse totalmente recuperado cuando se produjo el crimen.
La vista de hoy en el TSXG es un trámite básicamente jurídico. Jaime Maiz está presente (llegará esposado, bajo la custodia de los funcionarios de la unidad de traslado de presos de la Guardia Civil), pero no se practicará prueba alguna ni, presumiblemente, nuevos interrogatorios. Lo que deben determinar los magistrados del TSXG es si el fallo de la Audiencia Provincial se ajusta a la ley, y si está bien argumentada la calificación de los hechos como asesinato. La decisión final (confirmado la sentencia o modificándola) podría darse a conocer en el plazo aproximado de un mes.
Además de ser condenado a 19 años de cárcel, los magistrados de la Audiencia de Pontevedra castigan a Maiz con el pago de unos 270.000 euros en concepto de indemnización, a favor de los padres, hijos y hermanos de la comerciante fallecida.
El recurso de apelación
El abogado de Maiz, el pontevedrés Domingo Estarque, entiende que ni siquiera cabe calificar los hechos de homicidio, debido a que estaba muy bebido, y a que sufrió, presuntamente, una conmoción nerviosa al ver que su antigua compañera sentimental quería ponerle una denuncia «injusta». Por ello, solicita la libre absolución de su cliente, y su puesta en libertad.
No obstante, Estarque sostiene que en el supuesto de que los magistrados del TSXG entiendan que Maiz sí era consciente de lo que hacía, deberían tenerle en cuenta los atenuantes de «altísima embriaguez» y de «trastorno mental transitorio», con lo que se le rebajaría la condena a cinco años de prisión.
Estarque también cuestiona algunos de los agravantes tenidos en cuenta parcialmente por el jurado popular, como el de abuso de la autoridad (no estaba de servicio cuando mató a Posse), o el de parentesco, pues ya habían roto su relación sentimental meses antes del crimen.
El letrado arguye también que Maiz tenía un expediente profesional inmaculado antes de 2007. Uno de los hermanos de la víctima, Antonio Posse, declaraba ayer que «el recurso de apelación de Maiz no dice nada nuevo. Son los mismos argumentos que expuso en el juicio». Tiene esperanza de que los magistrados del TSXG no modifiquen nada de la sentencia de la Audiencia «porque entendemos que era correcta» y de que no se vean afectadas las indemnizaciones correspondientes a los hijos de la fallecida.
FARO DE VIGO, 23/11/10
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