El TSXG desestima el recurso de Maiz que debe cumplir 19 años de cárcel por asesinar a la valguesa Mari Luz Posse.
Jaime Maiz en la Audiencia Provincial de Pontevedra el pasado mes de junio durante el juicio.
Ni transtorno adaptativo ni enajenación mental transitoria. La sentencia del TSXG es firme y clara y, al igual que en su día hizo el jurado popular en la Audiencia de Pontevedra, entiende que el ex guardia civil Jaime Maiz era perfectamente consciente de lo que hacía cuando asesinó de un tiro en la cabeza a la que fuera su compañera sentimental Mari Luz Posse. Los argumentos esgrimidos por la defensa del exguardia en la vista oral de la pasada semana no fueron suficientes para convencer al jurado y, al no presentar ninguna prueba a mayores, se ha entendido que la sentencia de la Audiencia es irrevocable.
Ante esto, y sin posibilidad de recurso ante el Supremo al no haberse vulnerado ningún derecho fundamental, Jaime Maiz deberá cumplir los 19 años de cárcel que se le impusieron el pasado mes de junio de los cuales le quedan por satisfacer 17 y seis meses.
Argumentos nulos > La defensa de Jaime Maiz intentó por todos los medios conseguir una reducción de la condena alegando que su cliente estaba bebido y que, por lo tanto, no era plenamente consciente de lo que hacía. Sin embargo, desde el TSXG consideran que ??en base al informe forense consideramos que la tasa de alcohol no anula sus capacidades y además condujo el coche varios trayectos con diferentes destinos y fines?. Además, en este aspecto la sentencia insiste en que ??ejecutó conductas claras que por necesidad conllevan la toma de decisiones y obrar de acuerdo con su conciencia?.
Y es que con todas las pruebas que se presentaron en su día en el macro juicio de la Audiencia todo parecía indicar que la reducción de condena era prácticamente imposible. Tanto para el jurado popular que en junio emitió el veredicto como para el TSXG ha quedado claro que en el momento del crimen Jaime Maiz ??no balbuceaba, no se tambaleaba ni titubeó en el disparo dado que ni lo erró e incluso eligió un blanco mortal?. De nada valió el intento del abogado de Maiz de justificar el acierto en el tiro con la preparación profesional del asesino. En el TSXG consideran que, teniendo en cuenta las pruebas y el relato de los testigos, ??se deduce palpablemente un evidente ánimo de matar tanto por el arma utilizada como por la zona a donde fue dirigido el disparo que acabó con la vida de la víctima?.
De lo que no cabe duda es de que esta sentencia pone un punto final a uno de los casos más controvertidos y más polémicos en la violencia de género en España, tanto por la forma en que se sucedieron los hechos como también la instrucción del caso.
Y es que el ??caso Mari Luz? conmocionó a toda España por haber encontrado la muerte cuando acudía al cuartel de la Guardia Civil a presentar una denuncia por malos tratos contra su expareja, guardia de profesión que la mató allí mismo con su arma reglamentaria. Por si fuera poco, y por un error judicial, el exagente quedó libre dos años después a la espera de un juicio popular que lo definió claramente como asesino.
DIARIO DE AROUSA, 02/12/10
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