Más de mil propietarios ya han registrado sus gallineros de autoconsumo en Arousa: «Con tanto papel, o rural vaise»
Las explotaciones domésticas deben estar inscritas en el registro general de explotaciones ganaderas, un trámite que hace que en muchas casas se esté pensando «en deixar as galiñas»
Cualquier cosa que lleve el apellido «de casa» es, al menos en Galicia, garantía de calidad. Con los huevos y la carne de pollo ocurre exactamente eso: son miles los corrales que existen en nuestra tierra en los que se crían y alimentan aves con la única intención de disfrutar de productos sobre cuyo origen no hay misterios. Hasta ese mundo de corrales domésticos ha llegado la burocracia. El Real Decreto 637/2021, que publicó el Ministerio de Agricultura obliga a incluir los gallineros destinados a autoconsumo —ni la carne ni los huevos se venden— en el registro general de explotaciones ganaderas. Aunque hay muchos propietarios de este tipo de instalaciones que parecen decididos a tirar la toalla, lo cierto es que en el conjunto del territorio se han dado de alta ya 41.000 gallineros de autoconsumo. De ellos, 1.021 están ubicados en la zona sur de la ría de Arousa.
En este caso, la lista por localidades la encabeza Vilagarcía, con 251 corrales que han cumplimentado el trámite, seguida de Valga (162), Vilanova (134), Meis (124) y Cambados (102). Cierran la lista Pontecesures (28), junto a O Grove (24) y a una gran distancia A Illa, donde solo se han censado de momento siete corrales domésticos. Según los datos de Medio Rural, entre ambos extremos figuran Meaño (74), Catoira (61) y Ribadumia (54).
Hacer el trámite del registro echa para atrás a muchos particulares que hasta ahora criaban sus propias gallinas. En la solicitud es preciso especificar el número de aves, el emplazamiento del corral y el sistema de cría. Además, los gallineros están sujetos a posibles inspecciones y sus propietarios deben identificar «a un veterinario de referencia al que poder recurrir en caso de aparición de problemas sanitarios concretos» en los animales. Las sanciones por no estar dado de alta parten de los 600 euros.
Desde la Xunta se presentaron numerosas alegaciones a esta normativa estatal, pero no lograron frenar lo que en muchas casas rurales está generando un intenso debate sobre qué hacer con las gallinas.
En la tienda agraria: las ventas de aves en caída
«A xente non confía. Para que se fai isto? Vai vir un imposto detrás?». Esas son algunas de las preguntas sin respuesta a las que Manuel Castro lleva meses haciendo frente desde su despacho de productos agrcolas en Vilanoviña (Meis). Se las plantean particulares «que veñen comprar unhas galiñas para a casa e se atopan con que se non teñen o galiñeiro de alta no rexistro, non llas podo vender». Ahora que ya se lleva tiempo hablando del tema, las reacciones son más templadas. Pero cuando el contenido del Real Decreto 637/2021, del Ministerio de Agricultura, combinado con la Ley de Bienestar Animal comenzó a divulgarse, Manuel tuvo que hacer frente a auténticos enfados. «Moita xente vai tirar con todo, vai deixar de ter galiñas porque todos son papeis, trámites e problemas», señala. Desde su negocio, Agro Vilanoviña, lleva años contemplando como la vida y los trabajos que se desarrollan en el mundo rural se van encontrando un número creciente de obstáculos que están poniendo en jaque la continuidad de actividades tradicionales que desde siempre han complementado las economías familiares. «Con tanto papel, o rural vaise», dice con cierto tono de desconsuelo. Porque establecer la obligatoriedad de un registro de gallineros de autoconsumo puede parecer poca cosa, pero no lo es. Para empezar, muchos de los propietarios se atascan ya en el trámite. Por esa razón, y como ya ha hecho en ocasiones anteriores, establecimientos como el de Manuel Castro se encargan de facilitar el procedimiento a sus clientes. Desde mediados de diciembre se ha encargado de gestionar el registro de unos cuatrocientos gallineros. «Teño que facilitarlles as cousas», dice. Así que él se encarga de ayudar con el papeleo y remitirlo a la Xunta.
Castro reconoce que ese trabajo consume tiempo y esfuerzo. «Pero teño que facelo, porque se non, vía que se me ían ir as vendas abaixo», explica. De hecho, y a pesar de su esfuerzo, el número de pollos despachados en su establecimiento ha caído: «Se antes vendíamos entre 350 e 400 ao mes, agora andaremos nos 150», indica.
Si las ventas de animales caen, se viene abajo toda una cadena. «Porque non son solo os polos que deixas de vender, e todo o que ven detrás», dice. Ahora, por ejemplo, debería estar vendiendo una cantidad considerable de animales, porque «os polos de marzo din que son os mellores». Con ellos, piensos, comederos… «Se non se venden os polos, os pensos, os cereais, tampouco se van vender, porque todo é unha cadea… E xa estamos falando de moita xente», argumenta.
RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se somete a información pública la solicitud de declaración de utilidad pública, en concreto, y la necesidad de urgente ocupación que eso implica, del proyecto del parque eólico Castro Valente, situado en los ayuntamientos de A Estrada, Pontecesures y Valga (Pontevedra) y Padrón (A Coruña) y promovido por Iberdrola Renovables Galicia, S.A. (IN408A/2020/066).
Mediante la Resolución de 23 de abril de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se otorgaron autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a las instalaciones relativas al proyecto del parque eólico Castro Valente, situado en los ayuntamientos de A Estrada, Pontecesures y Valga (Pontevedra) y Padrón (A Coruña) y promovido por Iberdrola Renovables Galicia, S.A. (IN408A/2020/066).
El 31.8.2023, tuvo entrada en esta dirección general la solicitud presentada por Iberdrola Renovables Galicia, S.A. relativa a la declaración de utilidad pública, del parque eólico Castro Valente, con la correspondiente relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 44.4 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, y por el artículo 46 de la Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública durante un plazo de 30 días la solicitud de declaración de utilidad pública relacionada con las instalaciones del parque eólico Castro Valente, que se describen a continuación:
Dirección social: c/ Circunvalación 17, 32350, A Rúa (Ourense).
Denominación del proyecto: parque eólico Castro Valente.
Ayuntamientos afectados: A Estrada, Pontecesures y Valga (Pontevedra) y Padrón (A Coruña).
Potencia instalada: 18 MW.
Potencia autorizada: 18 MW.
Potencia evacuable: 18 MW.
Número de aerogeneradores que se van instalar: 3 aerogeneradores modelo Siemens Gamesa SG 6.0-155 de 6 MW de potencia nominal unitaria.
Producción neta anual estimada: 59.429 MWh/año.
Presupuesto de ejecución material (sin IVA): 11.007.631,56 euros.
El objeto de la información pública será la solicitud de declaración de utilidad pública para las citadas instalaciones. La declaración de utilidad pública, de acuerdo con el artículo 56.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.
Documentación que se expone:
1. La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por el proyecto (RBDA).
2. Planos parcelarios de la declaración de utilidad pública.
Lo que se hace público, para el conocimiento general, así como en particular, de los propietarios de las fincas que figuran en la relación anexa a esta resolución, y de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que hayan sido omitidas, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que consideren oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Esta documentación estará a disposición de los interesados en las dependencias de la Sección de Energía de las jefaturas territoriales de la Consellería de Economía, Industria e Innovación de Pontevedra (avda. Mª Victoria Moreno, 43-5º, 36071 Pontevedra) y de A Coruña (c/ Vicente Ferrer, 2, 15071 A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa, respectivamente, en el correo electrónico servizoenerxiaeminas.ceei.pontevedra@xunta.gal o en el teléfono 986 80 52 11, y en el correo electrónico cei.xtcoruna@xunta.gal o en el teléfono 981 18 49 62, así como en los ayuntamientos de A Estrada, Pontecesures y Valga (Pontevedra) y Padrón (A Coruña), y en la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales (Edificio Administrativo San Caetano, s/n, bloque 5, 4ª planta, 15781 Santiago de Compostela), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico subdireccion.enerxia@xunta.gal o en los teléfonos 981 54 54 62/981 54 55 73. Además, también se podrá consultar en el portal web de la Consellería de Economía, Industria e Innovación:
Pablo Fernández Vila Director general de Planificación Energética y Recursos Naturales
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados por el parque eólico Castro Valente (IN408A/2020/066) en los ayuntamientos de A Estrada, Pontecesures y Valga (Pontevedra) y Padrón (A Coruña)
Parque eólico Castro Valente (Padrón y A Estrada). Relación de bienes y derechos afectados.
Datos catastrales
Titulares
Afecciones (m2)
Pleno dominio
Servidumbre
Ocupación temporal
Nº
Pol.
Parc.
Ref. cat. completa
Cultivo
Paraje
Nombre
Apellidos
Nº aerog.
Cim.
Plat.
Subest.
Vial
Zanja
Vuelo
O.T.
Ayuntamiento de A Estrada (Pontevedra)
1
69
292
36017A069002920000KQ
Eucalipto
Caeiro
José Ramón
Conde Abalo
0
0
0
150
0
0
99
2
69
291
36017A069002910000KG
Eucalipto
Pé de Laíño
Ramón
Chenlo Couselo
0
0
0
269
0
0
70
3
69
290
36017A069002900000KY
Eucalipto
Pé de Laíño
Francisco (herederos de)
Abalo Magán
0
0
0
128
0
0
37
4
69
289
36017A069002890000KQ
Eucalipto
Pé de Laíño
José Ramón
Conde Abalo
0
0
0
27
0
0
30
5
68
66
36017A068000660000KO
Matorral
Ocaeiro
José Ramón
Conde Abalo
0
0
0
16
0
0
5
6
68
65
36017A068000650000KM
Matorral
Pé de Laíño
Carmen
Chenlo Couselo
0
0
0
145
0
0
79
7
68
60001
36017A068600010000KE
Pinar maderable
Chan do Picoto
Desconocido
SET
0
1.071
522
2.446
157
925
558
8
68
64
36017A068000640000KF
Matorral
Pé de Laíño
Francisco (herederos de)
Abalo Magán
0
0
0
77
0
0
37
9
68
63
36017A068000630000KT
Matorral
Pé de Laíño
José Ramón
Conde Abalo
0
0
0
141
0
0
87
10
68
62
36017A068000620000KL
Matorral
Pé de Laíño
José Ramón
Conde Abalo
0
0
0
39
0
0
65
11
68
61
36017A068000610000KP
Matorral
Pé de Laíño
Felipe (herederos de)
Duro Tanoira
0
0
0
45
0
0
108
12
68
53
36017A068000530000KA
Matorral
Picoto
Carmen
Tanoira Tanoira
SET
0
0
43
0
0
0
20
13
68
52
36017A068000520000KW
Matorral
Picoto
Dorinda
Tanoira Laseiras
SET
0
0
327
0
0
0
33
14
68
51
36017A068000510000KH
Matorral
Picoto
Carmen
Tanoira Tanoira (usufructuaría)
SET
0
0
758
0
0
0
35
14
68
51
36017A068000510000KH
Matorral
Picoto
Jorge Alberto
Duro Varela
15
68
50
36017A068000500000KU
Matorral
Picoto
Antonio
Pazos Bandín
SET
0
0
1.278
0
0
0
47
15
68
50
36017A068000500000KU
Matorral
Picoto
Ignacio
Pazos Bandín
15
68
50
36017A068000500000KU
Matorral
Picoto
José
Pazos Bandín
16
68
49
36017A068000490000KW
Matorral
Picoto
Jesús Manuel
Tanoira Otero
SET
0
0
3.169
0
0
0
84
17
68
46
36017A068000460000KZ
Matorral
Picoto
José
Conde Duro
SET
0
0
7
0
0
0
15
18
68
47
36017A068000470000KU
Matorral
Picoto
Santiago
Gasamanes Buceta
SET
0
0
660
0
0
0
20
19
68
48
36017A068000480000KH
Matorral
Picoto
Francisco (herederos de)
Abalo Magán
SET
0
0
396
0
0
0
33
20
68
45
36017A068000450000KS
Matorral
Picoto
Juan
Ortigueira Laseiras (usufructuario)
SET
0
0
851
179
0
0
105
20
68
45
36017A068000450000KS
Matorral
Picoto
María Nieves
Ortigueira Trasande
21
68
44
36017A068000440000KE
Matorral
Picoto
Avelina (herederos de)
Bandín Buela
SET
0
0
996
788
179
0
225
22
68
43
36017A068000430000KJ
Matorral
Picoto
Albino
Duro Caeiro
SET
0
0
89
129
85
0
288
22
68
43
36017A068000430000KJ
Matorral
Picoto
María del Sol
Santos Bello
23
68
41
36017A068000410000KX
Matorral
Chan do Picoto
Santiago
Gasamanes Buceta
0
0
0
100
34
0
45
23
68
41
36017A068000410000KX
Matorral
Chan do Picoto
Blas
Gasamanes Conde
24
68
40
36017A068000400000KD
Matorral
Chan do Picoto
María Nieves
Ortigueira Trasande
0
0
0
152
61
0
63
25
68
39
36017A068000390000KI
Matorral
Chan do Picoto
Adolfo (herederos de)
Duro Tanoira
0
0
0
199
0
0
64
26
68
38
36017A068000380000KX
Matorral
Chan do Picoto
Isabel
Duro Romero
0
0
0
184
0
0
84
27
68
36
36017A068000360000KR
Matorral
Chan do Picoto
Antonio (herederos de)
Herbojo Rey
0
0
0
67
0
0
30
28
68
35
36017A068000350000KK
Matorral
Chan do Picoto
Carmen
Tanoira Tanoira (usufructuaria)
0
0
0
161
0
0
50
28
68
35
36017A068000350000KK
Matorral
Chan do Picoto
Jorge Alberto
Duro Varela
29
68
34
36017A068000340000KO
Matorral
Chan do Picoto
Leonardo (herederos de)
Duro Duro
0
0
0
602
0
85
134
29-1
68
33
36017A068000330000KM
Matorral
Chan do Picoto
Santiago
Gasamanes Buceta
0
0
0
176
0
650
46
29-2
68
32
36017A068000320000KF
Matorral
Fonte Vellón
José
Abalo Rebolo
0
0
0
8
0
504
19
30
68
31
36017A068000310000KT
Matorral
Fonte Vellón
Ramón (herederos de)
Conde Caeiro
0
0
0
4
0
684
18
31
68
30
36017A068000300000KL
Matorral
Fonte Vellón
Cándido
Duro Domínguez
PV-8.4
100
581
0
35
0
1.818
74
32
68
29
36017A068000290000KF
Matorral
Fonte Vellón
Adolfo (herederos de)
Duro Tanoira
PV-8.4
272
601
0
0
0
720
25
33
68
28
36017A068000280000KT
Matorral
Fonte Vellón
Manuel
Herbojo Rey
PV-8.4
65
1.056
0
0
0
759
45
34
68
27
36017A068000270000KL
Matorral
Fonte Vellón
Salvador
Abalo Rebolo
0
1.390
0
0
0
646
30
35
68
26
36017A068000260000KP
Matorral
Fonte Vellón
José Matías (herederos de)
Novo Fernández
0
926
0
0
0
458
22
36
68
25
36017A068000250000KQ
Pinar maderable
Fonte Vellón
Ramón (herederos de)
Conde Caeiro
0
803
0
0
0
429
20
37
68
24
36017A068000240000KG
Pinar maderable
Fonte Vellón
Francisco (herederos de)
Abalo Magán
0
1.634
0
0
0
1.451
180
38
68
23
36017A068000230000KY
Pinar maderable
Fonte Vellón
María del Carmen
Duro Trasande
0
877
0
108
0
324
154
39
68
17
36017A068000170000KW
Matorral
Devesa do Rey
Ayuntamiento de A Estrada
0
1.142
0
1.201
0
0
481
Ayuntamiento de Padrón (A Coruña)
40
73
12
15066A073000120000ZP
Pastos e improductivo
Monte Confurco
MVMC Castro Valente y Barreiras
0
179
0
12.558
2.957
715
9978
41
73
15
15066A073000150000ZF
Pinar maderable
Monte Confurco
MVMC Castro Valente y Barreiras
SET
0
0
8
3.232
0
0
1.084
42
73
14
15066A073000140000ZT
Improductivo
Monte Confurco
MVMC Castro Valente y Barreiras
0
0
0
23
0
0
0
43
73
13
15066A073000130000ZL
Pinar maderable
Monte Confurco
MVMC Castro Valente y Barreiras
0
52
0
560
178
1.829
430
44
73
11
15066A073000110000ZQ
Matorral e improductivo
Monte Confurco
MVMC Castro Valente y Barreiras
0
46
0
36
0
0
97
45
73
6
15066A073000060000ZY
Pinar maderable
Monte Castro Valente
MVMC Aldea de Morono
0
0
0
12.463
3.816
0
6.844
46
73
5
15066A073000050000ZB
Pinar maderable e improductivo
Monte Castro Valente
MVMC Aldea de Morono
0
1.415
0
4.392
85
3.087
3.101
47
73
9
15066A073000090000ZP
Pinar maderable e improductivo
Monte Castro Valente
MVMC Aldea de Morono
PV-8.2
12
7.816
0
4.715
1.533
6.022
3.417
48
73
4
15066A073000040000ZA
Pinar maderable
Monte Castro Valente
MVMC Castro Valente
0
0
0
424
36
0
2
48-1
73
7
15066A073000070000ZG
Improductivo
Monte Castro Valente
MVMC Aldea de Morono
0
0
0
214
0
0
21
49
73
3
15066A073000030000ZW
Pinar maderable
Monte Castro Valente
MVMC Castro Valente
0
0
0
689
1
0
0
50
73
8
15066A073000080000ZQ
Improductivo
Monte Castro Valente
MVMC Aldea de Morono
PV-8.2
330
868
0
688
283
4.785
552
51
73
2
15066A073000020000ZH
Pinar maderable
Monte Castro Valente
MVMC Castro Valente
0
0
0
42
0
5
17
52
73
1
15066A073000010000ZU
Pinar, erial, pastos e improductivo
Monte Castro Valente
MVMC Castro Valente
PV-8.1
437
6.473
0
2.751
1.050
11.098
1.937
Afecciones parque eólico en metros cuadrados (m2):
• Superficie de pleno dominio:
– Cimentación (cim.): cimentación del aerogenerador.
– Plataforma (plat.): plataforma de montaje del aerogenerador.
– Subestación (subest.): subestación.
• Servidumbre de paso:
– Vial: derecho de paso por las vías en que circularán los transportes para la construcción, vigilancia, conservación y reparación de las instalaciones del parque eólico.
– Zanja: servidumbre de paso de la línea eléctrica soterrada.
– Vuelo: servidumbre de vuelo de las palas de los aerogeneradores.
• Otras afecciones:
– Ocupación temporal (ocup. temp.): ocupación de terrenos durante el período de duración de las obras. Sirve temporalmente como provisión de materiales, montaje de grúas, provisión de palas y otros componentes de los aerogeneradores, etc.
La idea es recuperar tierras en desuso de la parroquia de San Miguel para producir vino
Se pretende plantar albariño
Medio Rural declara la iniciativa como de utilidad pública e interés social
Sumará 29,5 hectáreas
El alcalde de Valga, tercero izqu., con la directora de Desenvolvemento Rural, cuarta, divulgaron la parcelaria y el polígono de San Miguel.
El Concello de Valga va a contar con el primer polígono agroforestal entre los 58 municipios del ámbito geográfico de Área. Así lo acaba de ratificar la Xunta a través de un decreto de la Consellería de Medio Rural que declara esta iniciativa como de utilidad pública e interés social. El objetivo es recuperar para la producción tierras baldías en la zona de San Miguel, en su caso con la idea de extender el cultivo de la vid.
De esta forma, se pondrán en valor un total de 29,57 hectáreas, distribuidas en 377 parcelas de 107 propietarios. Esta nueva infraestructura elevará a 17 el número de polígonos de iniciativa pública declarados en el país de los mil ríos –al amparo de la Lei de Recuperación da Terra Agraria de Galicia–, de un total de veinticuatro que se encuentran en distintas fases de ejecución.
Además, la directora xeral de Desenvolvemento Rural, Inés Santé, anunciaba en marzo (durante una visita a la parroquia de San Miguel) nuevos avances en el proceso de reestructuración parcelaria, iniciativa que en outubre de 2022 fue declarado de interés público por la Administración autonómica y en la que está prevista la inversión de 550.000 euros.
Entonces, también se destacaba la puesta en marcha del citado polígono para la plantación de vides de albariño y otros tipos de uva en un entorno donde ya existen estos cultivos, y que podrían ganar así en superficie. Sobre este procedimiento, la directora xeral incidió en la necesidad de que exista una “implicación total dos propietarios das terras, xa que deben comprometerse a poñelas a producir eles mesmos, arrendalas ou vendelas para así garantir que se cumpren os usos establecidos no proxecto”, dijo.
La declaración de utilidad pública y de interés social implica el reconocimiento de la existencia de razones de relevancia común a los efectos de la aplicación de la tramitación de urgencia del procedimiento. En este caso, en necesario señalar que el pasado 10 de agosto salió publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) el acuerdo por el que se iniciaba el procedimiento de aprobación para el desarrollo de este polígono. Su objetivo prioritario es poner en producción áreas de tierra con buena capacidad de cultivo que, con el paso del tiempo, alcanzaron estados de abandono o infrautilización. De este modo, se recupera una actividad agrícola, ganadera o forestal que, a la vez que genera riqueza, contribuye a avanzar en la anticipación a los incendios forestales.
Al hilo, Santé recordaba que la parroquia de San Miguel “é unha zona pequena pero complexa”, haciendo hincapié en que cuenta con un minifundismo importante, con más de 2.100 parcelas de una superficie media de 700 metros cuadrados y que pertenecen a 322 propietarios.
En la actualidad, se están desarrollando un total de 24 polígonos agroforestales de iniciativa pública en toda Galicia, que están en distintas fases de ejecución. Así, suman 9.012,57 hectáreas movilizadas gracias a la citada ley, de 29.001 parcelas y de 7.895 personas propietarias directamente beneficiadas Además, en la mayor parte de los polígonos ya se identificaron actividades admisibles y se prevé su recuperación a través de sistemas agroforestales, cultivos, leñosos, ganadería y cultivos agrícolas, entre otras.
El gobierno local vecino detectó otras modificaciones del protocolo, como el cambio de ubicación de los maceros invitados, que pasaron a último lugar en la comitiva oficial.
Las Corporaciones municipales de Santiago y Padrón, este lunes, en el balcón del pazo de Raxoi.
Padrón respeta el protocolo diseñado por el gobierno local de Compostela, pero advierte de que el Día de Santiago en la villa rosaliana sonará el Himno Nacional de España y, además, lo hará en su versión extendida. Así lo confirmaron ayer a EL CORREO fuentes del gabinete de la Alcaldía de la localidad vecina, que indicaron que la Corporación que preside Anxo Rei Arca participó en los actos organizados por el Concello de Santiago como convidada, de ahí que el gobierno local padronés muestre “todo o respecto” por los cambios que ha realizado el bipartito del BNG y Compostela Aberta. De hecho, desde el Consistorio padronés confirman que la eliminación del Himno Nacional no ha sido el único cambio en el protocolo de la jornada, sino que también se suprimió el tradicional paseíllo que se hacía desde el Hostal de los Reyes Católicos, alegando que “había moitos peregrinos na praza do Obradoiro e que polo tanto era mellor facer a recepción fronte ao pazo de Raxoi”; y también se produjo un cambio de ubicación de los maceros invitados, que pasaron de situarse delante de todo en la comitiva, junto a los de Santiago y los pendones, a ocupar el último lugar, cerrando el cortejo institucional.
El Concello de Padrón sostiene que el de Santiago, en su calidad de anfitrión, tiene libertad para diseñar el protocolo que estime oportuno; aunque matiza que el Día de Santiago en Padrón, que tiene lugar cada Lunes de Pascua, será el Consistorio padronés el que se encargue de la convocatoria y preparativos. Ese día, confirman desde el gabinete de la Alcaldía, sonarán tanto el Himno Galego como el Himno Nacional de España en su versión extendida, interpretados por las bandas de música municipales de Santiago y Padrón.
Los grupos de la oposición en Santiago, PP y PSOE, que suman 17 de los 25 concejales de la Corporación municipal de Santiago, denunciaron este lunes la supresión del Himno Nacional de España de las celebraciones del Día de Padrón “por decisión directa do goberno nacionalista de Goretti Sanmartín”.
El Gabinete de la Alcaldía se justificó alegando que el acto “diseñouse en base ao regulamento que establece cando se debe ou non tocar o Himno Nacional de España”. Desde el gobierno local compostelano aseguran que “non houbo unha decisión explícita, senón que o acto foi deseñado conforme ao regulamento (Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre, por el que se regula el Himno Nacional)”, en base al cual el ejecutivo nacionalista interpretó que el Himno de España no tenía cabida en una ceremonia institucional donde por tradición siempre sonaba, tanto en Santiago, como en Padrón, cuando la Corporación compostelana acude a las fiestas de la Pascua.
Pero, ¿qué dice la ley? El Real Decreto por el que se regula el Himno Nacional señala que este será interpretado, cuando proceda, en los siguientes casos: en versión completa, en los actos de homenaje a la Bandera de España, en los actos oficiales a los que asista el rey o la reina, y en los demás actos previstos en el Reglamento de Honores Militares.
La asociación feminista Mulleres de Padrón detectó que la aplicación del Sergas incluía el nombre del facultativo
El Concello dePadrón y el grupo parlamentario del PSOE han solicitado al Sergas que retire de la aplicación de reserva de cita previa para el centro médico del municipio el nombre del médico que está siendo investigado por, presuntamente, abuso sexual a varias de sus pacientes, unos hechos que provocaron un proceso judicial que sigue abierto.
La asociación feminista Mulleres de Padrón alertó de que el nombre del facultativo aparecía en la aplicación del Sergas para pasar consulta desde el pasado día 17, generando gran alarma y malestar entre muchas mujeres que acuden al ambulatorio, aunque el PSOE señala que este médico no está pasando consulta en el centro.
«O Concello de Padrón non pode mirar cara a outro lado ante uns feitos desta magnitude. Ningunha usuaria do noso centro de saúde pode sentirse atemorizada nin desprotexida cando pide unha cita médica», afirma el alcalde socialista Anxo Arca. Además de solicitar al Sergas que suprima de la aplicación el nombre del médico denunciado, el Concello pide que se garantice que el facultativo no está ejerciendo.
El PSOE ha presentado en el Parlamento una proposición no de ley con las mismas demandas que el gobierno local.
Tres delitos de asesinato, uno de tenencia ilícita de armas y dos de lesiones psíquicas graves son los cargos a los que se enfrenta José Luis Abet, el autor confeso del triple crimen de Valga, que sesgó las vidas de su expareja, Sandra Boquete, y la hermana y la madre de esta, Alba Boquete y Elena Jamardo.
Argumenta el letrado que la permanente revisable es aplicable a partir del tercer asesinato por lo que, por orden cronológico, sería imputable al caso de Alba Boquete, la hermana pequeña de la expareja. Por los crímenes de Sandra y su madre, Elena Jamardo, reclama sendas penas de asesinato.
Asimismo, la acusación que ejerce Amigos de Galicia reclama un delito de lesiones psíquicas a menores, al igual que Fiscalía, por los daños causados a los hijos pequeños de Abet y Sandra Boquete, que presenciaron los hechos. Por último,
Lago Calvo reclama que se aplique el agravante de género, en sintonía con la ley del “Solo sí es sí” y en base a los mensajes que Abet mandaba a su exmujer, en los que, según el abogado, la “cosificaba”. Las declaraciones las realizó antes de una jornada de preparación de un juicio que será maratoniano y en el que, por el momento, solo se decidió la constitución del jurado y que será a puerta cerrada.
Un «chamán» de testigo
Faltaban unos minutos para las diez de la mañana cuando Abet hacía su entrada en la Audiencia Provincial de Pontevedra, escoltado por dos agentes de la Policía Nacional. Comenzó entonces una larga selección de miembros del jurado, para la que se presentaron veinte personas de las cuales se seleccionaron siete mujeres y tres hombres.
La siguiente cuestión a deliberar fue la forma de celebración del juicio, ya que la Fiscalía planteó que fuese a puerta cerrada, petición a la que se adhirieron todas las partes y que finalmente prosperó, al tener en cuenta como un interés superior los derechos de los hijos de Sandra Boquete, para evitar así una revictimización. A la hora de ponderar los derechos, la presidenta de la sala decidió que este prevalece sobre el de información, aunque la lectura del veredicto sí que será pública. Fue clave, en este sentido, el informe psicológico aportado a petición de la magistrada.
Antes de eso, quedan intensas jornadas por delante, para un juicio que tendrá ocupada la sección cuarta durante toda la semana. Precisamente para hoy está previsto que dure mañana y tarde, con la declaración del acusado, de los once testigos previstos para ayer y de los 17 guardias civiles que se fijaron para hoy. La de mañana, será con trece testimonios y la del jueves está centrada en peritos y en personal de los centros penitenciarios de A Lama y Mansilla de las Mulas.
Por el medio, está prevista la declaración de un «chamán» al que el autor confeso habría recurrido, tiempo antes de los terribles hechos, para reclamar un maleficio para su exmujer.
Un relato escalofriante
Los hechos que se juzgarán en la Audiencia de Pontevedra ocurrieron a finales del verano de hace tres años y medio y causaron una gran conmoción en Valga. Según considera probado el Ministerio Público en su escrito, el acusado compró, unos días antes, un revólver de calibre 32 con una caja completa.
El 16 de septiembre de 2019, según el mismo confesó, acudió a casa de su exmujer, Sandra Boquete, en Valga y, para evitar que huyera, colocó su vehículo delante de la puerta del garaje y esperó a que se abriera. La mujer se encontraba acompañada de sus dos hijos, de 4 y 7 de años, que lo presenciaron todo.
Cuando salió, relata el Ministeiro Público, Abet le puso la pistola en la cabeza y le pegó tres tiros, para a continuación abandonar la zona. En el camino se cruzó con el turismo de su excuñada, Alba Boquete, y su exsuegra, Elena Jamardo que acudían en ayuda de su familiar, y a las que también persiguió hasta darles muerte.
José Luis Abet es el segundo vecino de la comarca de Ulla-Umia para el que piden la prisión permanente revisable. El primero fue David Oubel, el parricida de Moraña, que precisamente inauguró esta pena en el conjunto estatal. Hoy en día son 28 los condenados en España a permanente revisable y otro de ellos también es arousano. Se trata de José Enrique Abuín, “Chiclé”, condenado por uno de los crímenes más mediáticos de la última década: El de la joven Diana Quer, en A Pobra.