Xaquín Álvarez Corbacho: “No debería haber municipios de menos de 10.000 habitantes”.

Xaquín Álvarez Corbacho (O Grove, 1942; casado: tres hijas; catedrátrico de Economía Aplicada de la Universidade de A Coruña; ex conselleiro del Consello de Contas de Galicia) es un gran experto en economía pública que ha estudiado a fondo la situación interna los ayuntamientos gallegos desde las perspectiva fiscal.

¿Cuál es el diagnóstico que hace de los municipios gallegos?

La situación está mal. Sobran municipios y ese problema no se afronta, porque dicen que es muy costoso políticamente, pero de alguna manera hay que afrontarlo, pues también es costosísimo mantener la situación actual. Hay que fusionar municipios. En Galicia tenemos en torno a quince o diecisiete municipios menores de 1.000 habitantes; en Castilla y León hay casi 1.000 municipios por debajo de los 1.000 habitantes. ¿Qué pueden gestionar esos municipios y qué puedes exigirle, si no pueden llevar la mayoría de las competencias que tienen asignadas? Se trata de estructuras del siglo XIX para cuando la población gallega vivía en el campo. Ahora estamos en un modelo de concentración de la población en las ciudades, y hay que hacer lo que hicieron otros países europeos, fijar el número de habitantes exigibles para ser un municipio.

¿En cuántos habitantes ha de estar ese mínimo?

Diez mil debe ser el mínimo. Los países nórdicos pusieron 10.000; en Gran Bretaña, un poco menos. Hay que tener una mínima máxima crítica para que con sus impuestos se puedan gestionar la mayor parte de los servicios locales. El coste de varios servicios puede minimizarse si se aumenta la población hasta un determinado nivel. Y también hay que clarificar las competencias municipales.

¿Cómo?

Con una nueva ley de bases que señale las competencias municipales, y acabar con los llamados gastos impropios y que nadie, a partir de ahí, se exceda. Porque de lo contrario esto seguirá siendo un pozo sin fondo. Los recursos de los municipios no son infinitos y hay cosas que tendrá que hacer otra administración o delegar las competencias con sus recursos en los municipios.

EL CORREO GALLEGO, 14/11/10

La Justicia requirió hace un mes la paralización de la planta de Servia, que trata la basura de Pontecesures.

La planta de Servia, que desde el concello de Lousame trata la basura de los ayuntamientos de la Mancomunidade Serra do Barbanza y Pontecesures, se ha convertido en un géiser de malas noticias que poco ayudan a mantener una postura optimista sobre su futuro. La última revelación que ha visto la luz procede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que remitió en septiembre al Concello de Lousame un requerimiento para que ejecute la sentencia de paralización de la planta, dictada en el 2006. En esta notificación, sellada con fecha de entrada en las oficinas municipales el día 8 de septiembre, se indicaba al grupo de gobierno su obligación de cumplirla e informaba de que el requerimiento vencía en un mes, es decir, el pasado viernes.
La sentencia que motivó este último aviso procedía también del TSXG -año 2006-, dejando a la planta de compostaje de Servia en una situación de ilegalidad urbanística al estar asentada demasiado cerca de un almacén de explosivos instalado en Rois. Ahora, apuntan fuentes cercanas a la planta de residuos «ya ha pasado el tiempo que la ley fija para que se cumpla la sentencia, por lo que los propietarios del polvorín han exigido su ejecución».
Desde el Concello de Lousame, su máximo representante, el regidor Santiago Freire, aseguró que «o Concello xa lle deu traslado ao xulgado as medidas adoptadas e designouse quen será o representante neste proceso, que serei eu mesmo como alcalde».
La petición de FCC
Sobre esta cuestión, el mismo Freire aseguró que ya pidieron amparo a la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística, con la que asegura «temos asinado un convenio que nos permite delegar as competencias en materia urbanística». Para concluir el alcalde popular confirmó que se defenderán con todos los medios posibles tanto la planta como los puestos de trabajo.
La empresa concesionaria de la planta de Servia, Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), solicitó en el 2001 por escrito al Concello de Lousame que no se paralizase la edificación de la planta, que en aquel momento se estaba construyendo.
La causa de este documento eran los problemas que ya entonces estaba creando la cercanía del polvorín de Rois, algo que para la firma no era desconocido en el momento de elaborar el proyecto ni alteraba ninguna de sus pretensiones para hacerse cargo de la planta de compostaje.

LA VOZ DE GALICIA, 15/10/10

La Justicia requirió la paralización de la planta donde se trata la basura de la Mancomunidad Barbanza Outes, y la de Pontecesures.

La presencia de un polvorín en las inmediaciones es la razón por la que los tribunales consideran ilegal la licencia.

La proximidad de un almacén de explosivos motivó en el 2006 la resolución del Tribunal Superior de Xustiza

El aviso llegó tras cumplirse cuatro años de la sentencia que declaró ilegal la licencia urbanística de la explotación

Decir que la planta de Servia es un polvorín resulta una expresión que según de qué sector vinculado a la explotación se trate puede encajar de maneras opuestas. Pero la verdad es que la realidad de esta planta de residuos asentada en terrenos del municipio lousamiano se ha convertido en un géiser de malas noticias que poco ayudan a mantener una postura optimista sobre su futuro. La última revelación que ha visto la luz procede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que remitió en septiembre al Concello de Lousame un requerimiento para que ejecute la sentencia de paralización de la planta, dictada en el 2006. En esta notificación, sellada con fecha de entrada en las oficinas municipales el día 8 de septiembre, se indicaba al grupo de gobierno su obligación de cumplirla e informaba de que el requerimiento vencía en un mes, es decir, el pasado viernes.
La sentencia que motivó este último aviso procedía también del TSXG (año 2006), dejando a la planta de compostaje de Servia en una situación de ilegalidad urbanística al estar asentada demasiado cerca de un almacén de explosivos instalado en Rois. Ahora, según apuntan fuentes cercanas a la planta de residuos «ya ha pasado el tiempo que la ley fija para que se cumpla la sentencia, por lo que los propietarios del polvorín han exigido su ejecución».
Desde la casa consistorial de Lousame, su máximo representante, el regidor Santiago Freire, aseguró que «o Concello xa lle deu traslado ao xulgado as medidas adoptadas e designouse quen será o representante neste proceso, que serei eu mesmo como alcalde».
Asesoramiento
Sobre esta cuestión, el mismo Freire aseguró que ya pidieron amparo a la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística, con la que asegura «temos asinado un convenio que nos permite delegar as competencias en materia urbanística». Para concluir, el alcalde popular confirmó que se defenderán con todos los medios posibles tanto la planta como los puestos de trabajo.

LA VOZ DE GALICIA, 14/10/10

FCC da a la mancomunidade de O Barbanza un ultimátum de cierre de su planta de residuos, que sirve a Pontecesures.

Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), la empresa que paga a la plantilla de la planta de residuos de Servia propiedad de la Mancomunidade Serra do Barbanza, y que da servicio también al concello de Pontecesures, ha presentado al ente intermunicipal un escrito en el que advertía de la resolución del contrato por el impago de la deuda acumulada por los concellos, y que según apuntan desde el comité de empresa, vencerá el día 30 de este mes.
Para entonces sus 150 trabajadores podrían ver perderse por el desagüe todo el esfuerzo realizado desde el 2004, y que ha situado a esta planta de reciclaje a la cabeza del Estado por su excelencia y continuidad en un sistema autónomo y diferenciado, que maneja los residuos que producen 85.000 habitantes decantándose por el compostaje y la recuperación.
De llegarse a esta traumática situación, y tal y como reconocen desde la Mancomunidade, la actitud de FCC está justificada, ya que Serra do Barbanza prolongó durante más de seis meses la deuda, algo que la Ley de Contratos prevé como justificación para la solicitud de resolución. Desde el ente barbanzano también desvelaron que la deuda alcanzó los 3,5 millones en junio.
Si decide finalmente rescindir su acuerdo y cesar su actividad en el municipio de Lousame, FCC deberá esperar durante un plazo máximo de tres meses hasta que Serra do Barbanza dé luz verde o rechace su decisión. Fue un portavoz de la mancomunidad quien reconocía que para la institución que gestiona los residuos de nueve concellos no era rentable entrar en la vía judicial.
A mayores de la deuda de la Mancomunidade, la continuidad de la planta de residuos pende de un hilo también por el anuncio de Ecoembes de que a partir del 1 de enero del 2011 solo recogerá el 30 por ciento de los envases ligeros de la instalación de Servia, frente al cien por cien de ahora, lo que supondría para la gestora de la planta, FCC, unas pérdidas anuales de unos 600.000 euros según sus propios cálculos.
El director de comunicación de Ecoembes, Antonio Barrón, aseguró que la Ley les permite no recoger el 70% de los envases ligeros, «al no ser de nuestra responsabilidad».
Barrón explicó que hay que diferenciar entre residuos de uso doméstico y uso industrial o agrícola, tal y como recoge la Ley de residuos de envases de 1997. Y añadió que cada empresa se responsabiliza de unos porcentajes relacionados con esta división. En el caso de la planta de Lousame, donde no existe recogida selectiva de envases y lo que se separa es la basura orgánica del resto -según explicó este portavoz-, Ecoembes solo tiene que hacerse cargo de los residuos domésticos ligeros, que suponen el 30%: «Y en lo que estamos recogiendo hasta ahora existe otro tipo que responde a un uso industrial o ganadero que no es competencia nuestra».

LA VOZ DE GALICIA, 12/10/10

El Defensor pide que se deje a la Justicia el final del caso de la valguesa Mari Luz Posse.

Señala que ya hay un fallo y que ahora será el Supremo el que resuelva los recursos.

El Defensor del Pueblo acaba de responder a la familia de María Luz Posse en el sentido de que se atiene a lo que establezcan los tribunales de Justicia respecto de la condena al agente de la Guardia Civil, Jaime Maiz Sanmartín, condenado el pasado mes de junio por el asesinato de su pareja en el interior del cuartel de Cambados.
En estos momentos, el caso se encuentra a la espera de la decisión última y firme del Tribunal Supremo, pues la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra ha sido recurrida en casación por las dos partes, es deicr por el acusado y la familia de la víctima.
De momento no se tienen noticias sobre un pronto pronunciamiento, no en vano el mes de agosto es inhábil a estos efectos y la sentencia acaba de ser dictada a finales del pasado mes de junio.
De ahí que la única novedad desde que Jaime Máiz entrase en prisión consista en este escrito que firma la Defensora del Pueblo en funciones, María Luisa Cava de Llano y Carrió, en la que, sobre todo, expresa las condolencias de la institución a la familia de la fallecida.
Pero en especial, el Defensor recalca el hecho de que ??conviene conocer que nuestra Constitución, en su artículo 117.1, proclama el principio de independencia que debe caracterizar todas las actuaciones que realizan los jueces y tribunales en el ejercicio de la función jurisdiccional que debe ser respetada por todos los poderes públicos y por todos los ciudadanos e instituciones entre las que, obviamente, el Defensor del Pueblo se encuentra?.
Precisamente por ese respeto, agrega en la respuesta remitida a Isabel Posse Fernández, con fecha de salida del pasado 8 de septiembre, la institución dice que no puede entrometerse y dar respuesta a las quejas que se planteen en este caso.
??Conforme le hemos indicado en ocasiones anteriores, nuestra Ley Orgánica del 6 de abril de 1981, en su artículo 17.2 impide al Defensor del Pueblo entrar en el examen individual de las quejas sobre las que esté pendiente resolución judicial y le obliga a suspender su investigación cuando se interpusiese demanda o recurso ante los tribunales de Justicia?.
??Todo ello implica, igualmente, que esta institución no pueda, en modo alguno, interferir en los procedimientos judiciales, ni revisar las resoluciones que en ellos se dictan, en el ejercicio de la mencionada independencia?, sostiene María Luisa Cava.
Agrega que por lo que, ??respecto a cualquier modificación normativa en la materia que nos ocupa, teniendo en cuenta la evidente trascendencia y repercusión social de esta cuestión, a juicio de esta institución, es en el órgano de representación de la soberanía popular, en el que se recogen la pluralidad de las opiniones de todos los ciudadanos, en el que deben debatirse en profundidad, y abordando todas sus dimensiones, sin que pueda esta institución decantarse por una solución que sólo desde el pluralismo que representan las Cortes Generales puede ser afrontada?.
La Defensora en funciones también expresa sus condolencias a la familia por el fallecimiento de Mariluz Posse hace algo más de dos años y medio.
??Aunque no existen, en estos momentos, palabras de consuelo tras la trágica muerte de su hermana María Luz, queremos, no obstante, trasladarle nuestra solidaridad por los difíciles momentos familiares por los que están atravesando, máxime teniendo en cuenta la enorme repercusión social que, en estos momentos, en los medios de comunicación, han tenido no sólo las sesiones del juicio oral, sino también la sentencia dictada, en virtud de la cual se condena a Jaime Máiz a la pena de 19 años de cárcel, como autor penalmente responsable del asesinato de su hermana, decretándose su inmediato ingreso en prisión por esta causa?.

Indemnizaciones pendientes de cobro.

La familia de la víctima cree que el final del asunto aún va para largo si se tiene en cuenta que se han presentado sendos recursos de casación en el que por una parte los Posse pretenden que se imponga un año más de cárcel, hasta los 20, al ex agente de la Guardia Civil mientras que Jaime Maiz Sanmartín pide la libre absolución.
Isabel Posse, sin embargo, sigue muy satisfecha con el resultado de la vista con jurado popular en la Audiencia de Pontevedra ??porque por lo menos sabemos que se encuentra en prisión y que ya no hay riesgo de fuga como en los meses anteriores?.
Pero la lentitud de la Justicia también se observa en otros planos. La familia, por ejemplo, todavía no ha cobrado las indemnizaciones que les corresponden.
Señala Isabel Posse que es un dinero que le vendría muy bien a los hijos de su hermana ??para salir adelante?.
Cabe recordar que hace casi tres años que han sucedido los hechos y que la fallecida tenía tres hijos que se han quedado sin el principal sustento familiar.
De ahí que los Posse esperen que se cierre el caso de forma definitiva para poder rehacer su vida, tras el brutal asesinato cometido y reconocido por el agente.

FARO DE VIGO, 19/09/10

El guardia civil que mató a Mari Luz Posse ingresa en prisión tras ser condenado a 19 años por asesinato.

Tras dar a conocer el fallo, que es recurrible, se decidió el regreso a la cárcel del acusado de forma provisional para evitar el riesgo de fuga

Jaime Maiz Sanmartín, el agente de la Guardia Civil que asesinó a su ex novia, María Luz Posse, en diciembre de 2007 en Cambados, entró ayer libre en la Audiencia Provincial de Pontevedra y salió esposado en dirección a la prisión provincial de A Lama. Se ponía así fin a seis meses de una situación de libertad que indignaba a la familia de la víctima y que ayer sus hermanos celebraron si cabe con mayor entusiasmo que los 19 años de cárcel que acababa de imponerle la magistrada de la Sección Segunda.
Y es que el veredicto de culpabilidad emitido el pasado viernes por el jurado popular ya auguraba una dura sentencia pero hizo falta que el fallo fuera oficial y estuviera rubricado por la magistrada para tener sobre la mesa nuevos argumentos que permitieran el ingreso en prisión provisional de Maiz.
Así, el lunes a última hora las partes eran convocadas a la Audiencia Provincial para que les fuera comunicada la sentencia y, de inmediato, se celebraría una vista con el objetivo de adoptar medidas cautelares contra el imputado. El acusado, Jaime Maiz, también estaba citado para participar en esta vista y se personó en la Audiencia a primera hora de la mañana.
Allí le fue comunicada la sentencia, que además de los 19 años de cárcel por un delito de asesinato (la juez impone la pena más alta en su mitad inferior al no tener en cuenta el jurado ningún atenuante y tan sólo un año menos de los 20 que solicitaban acusaciones y fiscal), le prohibe entrar en Cambados y aproximarse a menos de 500 metros de los hijos de la víctima, además de comunicarse con ellos por tiempo de 29 años. Asimismo, deberá indemnizar con 130.000 euros a la hija menor de María Luz Posse, con 80.000 a su hijo varón más pequeño y con 50.000 a su hijo mayor. Los padres de la víctima serán indemnizados con 11.000 euros y cada uno de los cuatro hermanos con 5.000 euros. Cantidades que deberá pagar el Estado, declarado responsable civil subsidiario, si el acusado no tiene capacidad suficiente para abonarlas en su totalidad.
El fallo se ciñe al veredicto emitido por el jurado el pasado viernes y en él se establecen como hechos probados que entre las seis y las siete de la madrugada del 16 de diciembre de 2007 María Luz Posse acudió al cuartel de la Guardia Civil de Cambados para presentar una denuncia contra Jaime Maiz Sanmartín. Allí coincidió con él y tras intentar dialogar con María Luz el guardia de puertas le pidió que se retirara a su domicilio, ubicado en el mismo cuartel, a lo que el acusado accedió momentáneamente. No obstante, escasos minutos después, Maiz regresó y, empuñando su pistola reglamentaria, le disparó en la frente causándole la muerte en el acto.
Dice el fallo que el acusado “apuntó repentinamente” a la cabeza de María Luz desde “una distancia de “entre dos y tres metros” y “sin que la víctima tuviera ocasión ni tiempo de reaccionar y defenderse”. Añade el fallo que el alcohol no afectó a sus facultades mentales y que el acusado no sufría ningún tipo de trastorno que le impidiese conocer el alcance de sus actos.
Conocida la sentencia, se procedió a celebrar una vista oral para analizar las posibles medidas cautelares a adoptar. Para la Fiscalía y las dos acusaciones particulares estaba claro: Solicitaron el ingreso en prisión provisional de Jaime Maiz y esta vez la magistrada accedió. Jaime Maiz abandonó la Audiencia Provincial esposado y custodiado, no escoltado como ocurrió durante el juicio, por las fuerzas de seguridad rumbo a la cárcel poco después de las doce del mediodía.
Según el auto de ingreso en prisión dictado por la Audiencia Provincial y al que ha tenido acceso FARO, el debate se centraba en si era posible ordenar el reingreso en la cárcel de Maiz tras el agotamiento del plazo inicial ordinario de prisión provisional y su posterior puesta en libertad al no ser prorrogada esta situación por un supuesto error judicial. Pues bien, la magistrada entiende que la sentencia condenatoria que acababa de rubricar supone un “nuevo título” que habilita la posibilidad de “reinstauración de la medida” según el artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la doctrina constitucional que lo interpreta.
A pesar de que Maiz siempre acudió a la llamada de la Justicia y no hubo incomparecencias, dice la juez que, con la condena de 19 años en la mano ??aunque no es firme y es probable que sea recurrida??, “el riesgo de fuga tras el veredicto y el dictado de la sentencia condenatoria se ha incrementado y es en este momento muy grave y fundado” Añade que “el único modo de evitarlo para garantizar el cumplimiento de la condena que en su día pueda devenir firme, es mediante la adopción de su prisión provisional”.
Nueve años de límite
Por ello decreta su ingreso en la cárcel sin fianza y fija como periodo máximo de duración de la medida cautelar la mitad de la pena impuesta hasta el límite de 9 años y medio.

FARO DE VIGO, 23/06/10