Solicitan 39 años de cárcel para un atracador que intentó apuñalar a un guardia en Pontecesures.

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Una de las dos sucursales bancarias que supuestamente atracó José David L.M. en Pontecesures.

La sección cuarta Audiencia Provincial de Pontevedra juzgará hoy y mañana a José David L.M., vecino de Malpica y de 46 años, que está acusado de ser el responsable del atraco con violencia de dos sucursales bancarias en Pontecesures, hechos por los que la Fiscalía solicita penas que suman un total de treinta y nueve años de cárcel.

El fiscal responsabiliza a José David L.M. de un primer atraco ocurrido el 30 de mayo de 2005, cuando el acusado entró en la sucursal de Banesto en donde, al parecer, amenazó al director del banco con un cuchillo de cocina para que le entregase el dinero que había en la caja, unos 5.000 euros. Después lo ató y amordazó junto con un cliente detrás del mostrador.
El segundo atraco se produjo el 26 de julio de 2006 en la sucursal del Banco Pastor, en cuyo interior se encontraban, en el momento de los hechos, el interventor, una empleada y tres clientes. Según el relato de los hechos que hace la Fiscalía, José David L.M. los obligó a todos a bajar al sótano amenazándoles también con un cuchillo de cocina y maniatándolos con una cuerda mientras esperaba a que se abriese la caja fuerte para apoderarse de todo el dinero que había en la oficina.

Al descubrir que la caja tenía un retardo en su apertura de unos veinte minutos, el procesado desató al interventor para que le entregase el dinero en efectivo que estaba en el piso superior, momento que fue aprovechado por el empleado para escaparse, salir al exterior del banco y dar la voz de alarma. Pero en la calle ya se encontraba la Guardia Civil, que había sido alertada de que algo extraño estaba ocurriendo en el interior de la sucursal.

Disparo en el abdomen > José David L.M. salió del Banco Pastor y, haciendo caso omiso a los agentes del Instituto Armado, se abalanzó sobre uno de los guardias y, al parecer, intentó clavarle el cuchillo que llevaba en la mano en numerosas ocasiones. Ante esta situación, el segundo de los agentes que se encontraba allí, después de varias advertencias, le pegó un tiro en la zona baja del abdomen al atracador.

Por estos hechos la Fiscalía le imputa a José David L.M. dos delitos de robo con intimidación ­uno consumado y otro en grado de tentativa­, siete delitos de detención ilegal, una falta de maltrato de obra y un delito de atentado contra la autoridad. Por todos ellos el fiscal de la Audiencia pontevedresa solicita penas que suman en total treinta y nueve años de prisión, además de la obligatoriedad de devolver los 5.080 euros que supuestamente sustrajo del primer atraco a la sucursal bancaria.

DIARIO DE AROUSA, 02/10/08

El comedor del Infesta, en un aula prefabricada

El tripartito se compromete a sufragar un tercio de la inversión – Tendría un coste de 40.000 euros

El Concello de Pontecesures remitía ayer un escrito al delegado provincial de Educación en Pontevedra recalcando la necesidad de dotar al Colegio Público Integrado (CPI) Infesta de un comedor. Esta petición no es nueva. Ya fue atendida en marzo de 2007 por Educación, quien hablaba de ampliar el edificio administrativo para crear este espacio. Padres y comunidad educativa contaban con tener este servicio en este curso, según recalca el edil de Relaciones Institucionales, Luis Sabariz.
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Convocatoria para a contratación de educador/a familiar no Concello de Pontecesures.

Para desenvolver o Programa de Educación Familiar no 2008 precisase contratar un/ unha educador/a familiar con contrato por obra ou servicio a tempo parcial (media xornada), cun salario bruto mensual de 671,28 ? brutos o mes, (14 pagas). Os/as interesados/as deberan estar titulados/as como:

– Diplomado/a en Educación Social.
– Diplomado/a en Traballo Social.
– Licenciado/a en Psicoloxía.
– Licenciado/a en Pedagoxía.

As instancias xunto co currículo de méritos alegados presentaranse no Rexistro Xeral da Casa do Concello de Pontecesures, rematando o prazo de presentación da documentación o vindeiro 3 de outubro de 2008 ás 13:30 h.

Poderase consultar as bases de selección e baremo no taboleiro do concello, ou en www.pontecesures.org (no banner CONTRATACI?N DE PERSOAL).

Rechazan un recurso de la CIG contra el Presupuesto de Cesures.

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El sindicato había presentado un contencioso contra las cuentas del año 2004

La etapa del nacionalista Luis Álvarez Angueira como regidor del Concello de Pontecesures estuvo marcada por las tiranteces con sus socios de gobierno, pero también por sus enfrentamientos con la CIG a raíz de las diferencias que el sindicato y el gobierno local mantenían por la política laboral de la Administración local. Aquellos desencuentros finalizaron con la presentación de un contecioso administrativo por parte de la CIG contra los Presupuestos municipales del año 2004.
Tres eran las razones en las que el sindicato fundaba su decisión. Por un lado, la CIG denunciaba que la Administración local no había negociado con ellos las cuestiones de personal que afectaban a las cuentas municipales, y en cambio, sí lo había hecho con CC.OO. Además, decía que se había vulnerado el artículo 3 del convenio colectivo, que garantizaba un incremento económico para los trabajadores igual a la subida del IPC. En cifras, suponía un aumento de un 2,6%, cuando solo se había recogido un 2%. Finalmente, el sindicato alegaba que en el anexo de personal laboral temporal aparecía un nuevo puesto de trabajo de oficial de primera de Obras, puesto que estaba siendo desempeñado por una persona que había sido contratada como peón.
Pues bien, en la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia se rechazan los tres argumentos presentado por la CIG. En lo que respecta a la obligatoriedad, por parte del Concello, de negociar con el sindicato las cuestiones que afectaban a los trabajadores, el texto del TSXG dice que no se ha verificado que la parte demandante tuviese una representación que alcanzase el 10% o más de los delegados elegidos en las elecciones, requisito que sí marca la ley en este tipo de negociaciones.
En cuanto a la subida de los sueldos, la sentencia recuerda que los Presupuestos Generales del Estado para el 2004 establecen que las retribuciones de personal al servicio del sector público para ese año «no podrán experimentar un incremento global superior al 2% con respecto a las del año 2003», y que ante las previsiones de un instrumento normativo de mayor rango jerárquico, «el artículo 3 del convenio colectivo que se denuncia como vulnerado carecía de virtualidad».
En lo que se refiere a la calificación de un peón como oficial de primera de Obras, el TSXG dice que esa denuncia no entra en la cuestión objeto del contencioso, que se refiere a la impugnación de unos presupuestos municipales. Por todo ello, el recurso queda desestimado.

LA VOZ DE GALICIA, 30/09/08