Multan con 60 euros a personal de recogida de basura de Padrón.

Publicado por Luis Angel Sabariz Rolán en

La jueza los condena por desobediencia tras la ocupación del Concello

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Padrón acaba de condenar a nueve trabajadores del servicio de recogida y transporte de basura de Padrón y a dos sindicalistas de UGT como autores de una falta de desobediencia, por encerrarse durante más de doce horas en el salón de plenos del Concello, como medida de presión en plena huelga en mayo pasado.
La jueza titular, Berta Vidal Gallego, le impone a todos ellos la pena mínima prevista para este tipo de falta, es decir, diez días de multa con una cuota diaria de seis euros, lo que supone la mitad de lo que solicitaba el Ministerio Fiscal.
La jueza también absuelve a estas mismas personas de la falta de perturbación del orden público, de la que estaban denunciados por dos agentes de la Guardia Civil, a requerimiento del entonces alcalde Camilo Forján, por las intervenciones ocurridas en el primer pleno que debatió la intervención del servicio de basura, celebrado al día siguiente del encierro en el Concello.

García Lapido, absuelto
En este punto, el Juzgado también absuelve al exconcejal del BNG Xosé García Lapido, denunciado por los mismos hechos. En cuanto al encierro en el salón de plenos del Concello, por el que ahora son condenados los trabajadores y los sindicalistas, para la jueza está probado que existió una «orden legítima» de la autoridad competente, en este caso el entonces alcalde Camilo Forján, para que estas personas abandonaran el salón de plenos, orden que, según la magistrada, «resultaba de obligado cumplimiento».
También queda probado, expone Berta Vidal, que esa orden era «conocida por sus destinatarios» y que «estos se negaron a cumplirla», según recoge la sentencia dictada el pasado día siete y entregada ayer a las partes del proceso.
Por ello, la jueza considera probado que los denunciados «incumplieron de forma consciente y voluntaria los requerimientos» realizados tanto por el alcalde como por la Policía Local y por ello considera procedente la condena de los trabajadores y sindicalistas. Por su parte, la asesoría jurídica del sindicato UGT estudia la posibilidad de recurrir la sentencia, que no es firme.
En cuanto al pleno, para la jueza «no queda acreditado» que los trabajadores y los sindicalistas «profirieran insultos contra la corporación municipal o impidieran el desarrollo normal del pleno», como sostenía el Ministerio Fiscal, por lo que los absuelve a todos, incluido el exconcejal nacionalista Xosé García Lapido. En este punto, ni siquiera la Fiscalía solicitó en el juicio condena alguna par los denunciados.
La jueza condena a los trabajadores y a los representantes sindicales a pagar la duodécima parte de las costas del procedimiento.

LA VOZ DE GALICIA, 17/11/11

Categorías: Sociedade

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