La juez desestima la petición de Valga a la Diputación para que sufrague el coste del CODI.

Publicado por Redacción en

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra desestimó el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Valga contra el acuerdo de la junta de gobierno de la Diputación sobre la cofinanciación de los servicios sociales comunitarios municipales que excluía los llamados servicios específicos, es decir los que cubrían ayudas a personas con discapacidad a través del Codi.

En la sentencia, de 20 páginas, la juez desestima la demanda con argumentos tales como que «de una interpretación conjunta y literal de la normativa no se infiere, por más que así lo intente sustentar el Ayuntamiento demandante, que la Diputación esté obligada a cofinanciar siempre y en todo momento la contratación de personal o la prestación de servicios por parte de los Ayuntamientos, en el caso de que tales servicios tengan que ver con los que se pueden calificar de servicios sociales específicos».

Agrega que por más que insista el demandante «solo existe una exigencia legal, real y clara de que se cofinancien, por supuesto en la medida de las posibilidades oportunas, gastos relativos a la prestación de servicios comunitarios básicos».

Respecto a una sentencia anterior del TSXG que invocaba el Ayuntamiento de Valga para, supuestamente, confirmar su tesis, la juez no admite debate ya que «la Administración provincial demostró que cambió el criterio en lo que se refiere a esta cuestión en el senido de que cofinanciar esos servicios solo para Valga y Meaño, cosa que no sucedía en el resto de ayuntamientos, supondría un trato discriminatorio en detrimento de estos últimos».

La Diputación recalca que los argumentos de la juez avalan los razonamientos y numerosos informes de la institución provincial en los que el propio secretario subrayó que «de conformidad con la legislación, la obligación es subvencionar los servicios sociales en los municipios de menos de 20.000 habitantes , exclusivamente en su modalidad de comunitarios básicos, excluyendo los específicos».

Recuerda que la obligación de financiar servicios específicos es de la Xunta de Galicia, aunque antes los pagara la Diputación.

La Voz de Galicia


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