La Audiencia realiza hoy el sorteo del que saldrán los 9 jurados del juicio del asesinato de Mari Luz Posse.
Los ciudadanos seleccionados deben determinar si el guardia civil es culpable o no de la muerte de María Luz Posse, y si existen suficientes pruebas contra él
La Audiencia Provincial de Pontevedra celebra esta mañana el sorteo para la designación de las personas que compondrán el Tribunal del Jurado encargado de dirimir si Jaime Maiz Sanmartín es culpable o no de la muerte de su ex pareja María Luz Posse. Todos los años pares, a mediados de septiembre, se realiza un sorteo entre todas las personas que están en el censo electoral, y se hacen unas primeras listas por provincias.
Posteriormente, cuando se va a iniciar un juicio, se hace un nuevo sorteo entre todos los individuos cuyo nombre aparece en aquella primera lista. En ese segundo sorteo ??como el de hoy en Pontevedra?? se seleccionan una treintena de nombres con un programa informático.
Estos candidatos deben contestar a un cuestionario escrito, y posteriormente se les cita a una reunión, en la que el magistrado y las partes implicadas en el juicio les hacen una serie de preguntas. Tras escuchar las respuestas, si entienden que una persona determinada no cumple con los requisitos necesarios para ser jurado solicitan su exclusión de la lista de candidatos. Finalmente, entre los que no hayan sido «cribados» se realiza un tercer sorteo, del que salen nueve personas y dos suplentes.
La legislación establece que puede ser citado a formar parte de un Tribunal del Jurado cualquier ciudadano español mayor de edad ??están eximidos quienes sobrepasen los 65 años o ya hayan sido jurado una vez en los últimos cuatro años??, que sepa leer y escribir y que esté en pleno uso de sus facultades.
La función de jurado está retribuida económicamente y el último día del juicio, en el que deben hacer público su veredicto, todos los integrantes deben permanecer incomunicados, hasta el extremo de que incluso se les retiran los teléfonos móviles. Para que el veredicto de un jurado popular sea condenatorio hacen falta siete votos; y para determinar que no existen pruebas suficientes del delito son necesarios cinco votos. Una vez conocido el veredicto del jurado popular, y si éste es condenatorio, es el magistrado profesional que establece la pena que corresponda al procesado.
La ley que regula la creación y funcionamiento de los Tribunales de Jurado es de 1995, aunque desarrolla una disposición ya prevista en la Constitución de 1978. El objetivo de esta medida es fomentar la participación ciudadana en la justicia, como valor democrático y de libertad. Asimismo, se prohíbe la designación como jurado de toda la Familia Real, de los altos cargos de los gobiernos central y autonómicos, o de los policías y guardias civiles.
Ocasionalmente, los tribunales ciudadanos se ven envueltos en la polémica. Uno de los casos más recientes y controvertidos de los últimos tiempos fue el del jurado que declaró la inocencia por asesinato de Jacobo Piñeiro Rial, un hombre juzgado en Vigo por la muerte a cuchilladas de una pareja de homosexuales que le habían invitado a su piso.
El jurado seleccionado a partir de hoy ??en principio, sus nueve integrantes en el juicio de junio saldrán de la treintena de nombres que esta mañana escoja al azar el ordenador?? será el encargado de dictaminar si Jaime Maiz es culpable o no de la muerte de María Luz Posse Fernández, y si existen pruebas suficientes para condenarle.
Maiz es el guardia civil que en diciembre de 2007 mató a su ex novia en el vestíbulo del cuartel de la Guardia Civil de Cambados. En la actualidad está en libertad provisional, y el juicio contra él es en Pontevedra a partir del 15 de junio.
FARO DE VIGO, 14/04/10
0 comentarios