La campaña televisiva de la SGAE también afecta a Pontecesures.
Mientras el estupor ante la última campaña emprendida por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) se extiende entre la hostelería vilagarciana, un sorprendente listado permite calibrar el alcance de la iniciativa emprendida por la entidad, tan conocida como controvertida a raíz de su trayectoria reciente. Las demandas que la SGAE está interponiendo contra aquellos establecimientos que no satisfacen su canon incorporan una relación de negocios con su nombre, un número de identificación, la localidad en la que se enclavan y el estado de las negociaciones con sus propietarios. Dos abogados consultados al respecto consideran que esta práctica podría vulnerar incluso la Ley de Protección de Datos, al difundir información delicada sin autorización. En todo caso, gracias a este extraño factor es posible conocer que la sociedad se ha dirigido a 25 bares en nueve municipios distintos del norte de la provincia: Pontevedra, Caldas, Cuntis, A Estrada, Marín, Poio, Pontecesures, A Illa y Vilagarcía. Esta última, con seis locales afectados.
Lo más llamativo de esta campaña reside en la vía a la que la SGAE está recurriendo para demostrar que en los establecimientos concernidos se están difundiendo creaciones de sus representados, una práctica que requeriría el pago de una tarifa por parte de los hosteleros: las series de televisión en abierto.
El inspector de zona de la sociedad de autores -uno de los letrados consultados aclaraba ayer que la organización parece haber abandonado la práctica de contratar detectives, que sí puso en marcha en el 2006- visita el bar en cuestión, graba un vídeo en el que se refleja que la televisión está encendida, así como el programa que está siendo emitido en ese momento, pide un tique por su consumición, a fin de acreditar su presencia en el local, y se marcha. El tabernero recibe posteriormente una comunicación en la que se le emplaza a firmar el correspondiente contrato con la SGAE para el pago de un canon mensual, calculado en función de la superficie y características del establecimiento, así como de la importancia, principal o secundaria, que el funcionamiento del televisor o la reproducción musical entraña para la marcha del negocio. Si el hostelero no se aviene a ello será demandado. Las denuncias a las que ha tenido acceso esta redacción proceden de un único despacho de abogados, con sede en A Coruña. La cuantía que se reclama no excede los 900 euros, por lo que un resultado adverso para sus intereses, en caso de ir a jucio, no generaría el cargo de costas procesales.
Distintas cadenas
El primer episodio que salió a la luz es el de la cafetería A Perla, que abre sus puertas en la calle Ramón y Cajal. Su propietaria, Marián García, pagará casi 900 euros por ver dos capítulos de la serie norteamericana Castle, que emite Cuatro, y escuchar en su negocio el canal musical de Los 40 Principales. Las inspecciones, claro, no acaban ahí. Muy al contrario, recorren el elenco entero de la oferta televisiva y delatan los gustos catódicos del afectado. Así, una segunda hostelera, que prefiere no revelar su nombre, ha decidido suscribir el contrato con la sociedad de autores y satisfacer su tarifa. En su caso, la organización acreditó que la tabernera había sintonizado el concurso Ahora caigo, de Antena 3, y el magazine Corazón, corazón, de TVE 1. Sus fondos musicales y su cabecera, advierte la entidad, están bajo su protección.
La Voz de Galicia
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